Oviedo, E. F. -P.
El Juzgado de lo contencioso- administrativo n.º 5 de Oviedo ha anulado las instrucciones del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa), tanto en lo que se refiere a la movilidad forzosa de los médicos contratados temporalmente como a la «fidelización», un sistema de valoración de méritos que da preferencia para acceder a ciertos cargos a los facultativos de Jarrio y Cangas de Narcea sobre el resto de los médicos contratados temporalmente.
La movilidad del personal ha de ser negociada y el sistema de «fidelización», tal y como lo plantea el Sespa, es discriminatorio, estima el juez: la valoración de los méritos de los aspirantes a una plaza variaría «no por razón del contenido de la función sino por razón del lugar de su prestación y ello no supera el necesario test de racionalidad que pudiera justificar la discriminación que se pretende». El Colegio Oficial de Médicos de Asturias, que fue quien recurrió las instrucciones del Sespa, advierte que la sentencia «puede tener incidencia directa en el texto del futuro plan de ordenación de recursos humanos» y confía en que su redacción «sea modificada ajustándose a los postulados marcados».