La severa advertencia del obispo Martínez Camino significa, en la práctica, que si aquel católico practicante que haya votado a favor de la Ley del Aborto acude a la misa de su parroquia y desea recibir la comunión, el sacerdote le dirá que abandone la fila de los comulgantes. ¿Se lo dirá en público y en voz alta, o discretamente al oído? ¿Vigilará el obispo correspondiente para que el párroco cumpla con su cometido? ¿Y si ese católico acude a comulgar en un templo donde no sea conocido? ¿Y podrá este político librarse de la penalización si la ley no es derogada?

Podrían formularse infinidad de preguntas, pero bastan cuatro, bastante inocentes, para mostrar que la casuística devora el derecho canónico, como ya se temían los jansenistas y el buen Pascal.

Pero veamos antes los cánones. El 915 del Código de Derecho Canónico de 1983: «No deben ser admitidos a la sagrada comunión los excomulgados y los que están en entredicho después de la imposición o declaración de la pena, y los que obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave».

Camino se refiere a este tercer caso, a un pecado "manifiesto", es decir, público, persistente y obstinado. ¿Existe persistencia cuando el político católico vota una vez una ley de estas características? ¿Consiste dicha obstinación en que vaya a votar afirmativamente aun cuando ya está avisado por Camino y por documentos del magisterio; o en que después del voto considere correcta su actuación desde el punto de vista civil?

Colocado fuera de la fila de los comulgantes, el político católico votante de una ley contraria a la moral de la Iglesia se encontraría en el mismo lugar que otros creyentes a los que se les reserva un extraño lugar en el catolicismo, caso de los divorciados por vía civil cuyo matrimonio no haya recibido anulación canónica.

¿Se sale de ese lugar? Teóricamente, mediante la confesión y la enmienda, pero la casuística de nuevo resulta agotadora. El divorciado, ¿ha de volver a casarse con la misma persona? El político, ¿debe perseguir que su partido derogue la ley aprobada? ¿Ha de abandonar dicho partido? Por este último camino, acción política y catolicismo serían prácticamente incompatibles. Recuérdese que el arzobispo emérito Fernando Sebastián sostuvo hace unos años que, en un sentido estricto, un católico sólo podría militar y votar a partidos que incorporen plenamente la moral y la doctrina social de la Iglesia. Pero ello sólo sucede con formaciones de tipo tradicionalista, carlista o con ciertas ramas de la Falange, entre otras opciones.

Por otra parte, no es pequeño el temor del Vaticano a que un partido político se presente como católico. Es más, lo desaconsejan sus pastores.

¿Es cabal un catolicismo sin profesionales de la política en sus filas? ¿Lo es una sociedad sin ciudadanos católicos que actúen en la política?

Hay épocas en las que la Iglesia ha insistido en estar «en el mundo», por ejemplo, en torno al Concilio Vaticano II, cuando además se afirmó la autonomía entre el orden civil y el religioso. Fueron épocas de optimismo. Hoy predomina un pesimismo agustiniano y el mensaje bascula hacia el «sin ser del mundo».

Sumada la casuística devoradora a estas contradicciones, sólo cabe entender las palabras de Martínez Camino como una apelación a la conciencia de los políticos católicos. Una apelación que, no obstante, ha ido acompañada por el aviso de las penalizaciones. Pero, por lo general, los buenos sacerdotes que abundan en la Iglesia católica son los que con bastante sentido común deshacen la maraña de la casuística y ayudan a estar en el mundo.