La Coruña, Marta VILLAR

La combinación formada por los números 49, 17, 44, 15, 5 y 32 le proporcionó a un joven de Alicante 4,7 millones de euros y con ellos 10 años de batalla judicial, que finalizó hace dos semanas. El Tribunal Supremo le dio la razón: no tiene que repartir con su pareja la mitad del premio que había ganado en la primitiva, porque habían roto un mes antes del sorteo y, a pesar de vivir juntos, no tenían bienes en común.

Edurne y Eloy -nombres ficticios- comenzaron a salir en 1997. Se fueron a vivir juntos, tuvieron un hijo y el 10 de abril de 2001 firmaron un documento en el que dejaron constancia del fin de la pareja de hecho. Un mes después, Eloy rellenó un boleto de la primitiva. La fecha del sorteo figura en la historia de la lotería porque se repartió el mayor bote acumulado hasta entonces, 21,6 millones de euros. Hubo seis ganadores de máxima categoría y uno de ellos fue Eloy. Edurne reclamó a su ex pareja la mitad del premio, es decir, 2,3 millones de euros, pero también añadió los intereses y los frutos devengados de este capital. En su día, un Juzgado de primera instancia de Alicante le dio la razón.

Ambos habían convivido como pareja de hecho durante cuatro años, aunque con intermitencias y separaciones. En abril de 2001 rompieron su relación y firmaron un documento en el que detallaron las condiciones de esa ruptura. En este escrito expusieron que era «imposible continuar con la vida en común», por lo que de mutuo acuerdo fijaron «zanjar todas las cuestiones económicas existentes entre ambos». La pareja también acordó que a partir de la fecha de la firma, el 10 de abril, tendrían domicilios independientes, se liquidaban todas las deudas, los gastos pendientes y la venta de una vivienda común.

Los magistrados del Supremo explican en la sentencia que lo fundamental en este caso es probar la existencia de «una comunidad de bienes» entre la pareja. No basta con la convivencia. Y Edurne y Eloy -afirman- no la tenían. La firma de la ruptura y la liquidación de toda relación económica son la mejor prueba de que no existía una comunidad de bienes, indican. Los jueces también tienen en consideración que la convivencia se extinguió antes de la adquisición de aquel boleto, comprado con dinero exclusivamente del demandado.