Oviedo, E. G.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) considera «contrario a derecho» el establecimiento de un número mínimo de estudiantes para formar grupo en la asignatura de Llingua Asturiana en la Educación Secundaria en el Principado. Una reciente sentencia del alto tribunal asturiano da la razón al sindicato Comisiones Obreras, que en su día recurrió una resolución de la Consejería de Educación y Ciencia por la que se establecía que el grupo para la impartición del asturiano no podía ser menor de ocho alumnos.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA declara «nulo y sin efecto» el artículo 5.1 de la resolución de la Consejería que preside Herminio Sastre y que tiene fecha de 16 de mayo de 2008. En esa resolución la Administración educativa asturiana establecía la oferta y las condiciones para la elección de materias optativas y materias opcionales para la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

El sindicato Comisiones Obreras recurrió. Su portavoz, Luis Fernández León, explicaba ayer: «Entendíamos que la resolución vulneraba la ley de Uso y Promoción del Asturiano, un texto que garantiza la impartición de la asignatura en todos los niveles educativos». Comisiones Obreras asegura que se trata de una sentencia «de mucho calado», que además es la primera a su favor en esta cuestión, ya que las hay anteriores favorables al Principado, aunque en la fase de Educación Infantil. Esta sentencia no es recurrible, apunta el sindicato.

La situación ahora puede hacer variar, como primera consecuencia, el número de docentes en Llingua Asturiana. Luis Fernández León asegura: «Vamos a pedir la ejecución inmediata de la sentencia». Los sindicatos de la enseñanza siempre consideraron que el bajo porcentaje de alumnos de Secundaria que se apuntan a Asturiano tenía mucho que ver con ese número mínimo exigido por la Administración educativa asturiana. Ahora, la sentencia no especifica número, por lo que en principio un solo alumno que desee cursar esta asignatura voluntaria sería suficiente para que hubiera que impartirla. Los argumentos esgrimidos por los servicios jurídicos de la Consejería de Educación se basaban principalmente en razones presupuestarias y de eficiencia de recursos públicos.

La matriculación en Asturiano en Primaria es alta, por encima del 50 por ciento de los alumnos (sobre todo en el ámbito rural y semiurbano, y en centros de titularidad pública), pero cae en la Secundaria, donde sólo uno de cada cinco alumnos recibe clases de Llingua Asturiana.

Comisiones Obreras hizo pública ayer una nota en la que se felicita por una sentencia que responde a «una reclamación histórica de nuestro sindicato para garantizar el derecho a cursar la asignatura de forma voluntaria, sin depender del número de alumnado que lo soliciten. La Sala entiende que la Administración, al establecer un número mínimo para formar un grupo, se desliga de la obligación que le impone la ley 1/1998 de uso y promoción del bable/asturiano, de garantizar su enseñanza en todos los niveles y grados, con independencia del número de alumnos que opten».

El sindicato que recurrió recuerda que es la primera vez que los tribunales estiman una demanda sobre la lengua asturiana; «por tanto, se constituye en todo un referente en el camino hacia la normalización lingüística y en el respeto a nuestra cultura».

Hasta la fecha, cuando el número de alumnos por curso no llegaba a ocho, se derivaba a esos alumnos interesados en estudiar Asturiano a otras materias.