Las asociaciones de consumidores nos alertan ante las próximas fiestas navideñas. Las campañas informativas se suceden y todas ellas hacen referencia a la compra de Lotería para los sorteos de Navidad y del Niño.

En este sentido, uno de los reembolsos más importantes que realiza el consumidor de cara a la Navidad es la compra de lotería de Navidad. Prácticamente, la mayoría de los consumidores adquieren algún décimo para el Sorteo Extraordinario de Navidad, que se celebra el 22 de diciembre, o para el Sorteo del Niño, el 6 de enero.

Y es que, aunque en un principio, jugar a la lotería o a cualquier otro juego de azar puede parecer tan sencillo como comprar un décimo, una participación, un cupón, o rellenar una quiniela e ir a cobrar el premio si es agraciado, a veces el consumidor se puede encontrar con algunas dificultades tanto en el momento de la compra como en el caso de resultar ganador.

Recomendaciones

Las asociaciones recomiendan comprar lotería en lugares autorizados y comprobar que ésta tenga el logo, el código y todos los elementos de verificación, ya que se han dado caso de falsificaciones de décimos. Asimismo, hay que procurar que no se deteriore el cupón o el décimo porque, en el caso de resultar premiado y tener el décimo estropeado, deberá solicitar a la Onlae la autorización para poder cobrarlo.

Por otro lado, si compra un décimo a través de Internet, hay que tener en cuenta que debe de guardar las mismas precauciones que para cualquier otra compra a través de la red, comprobando que la dirección empieza por 'https://' o que tiene un candado o una llave al pie.

Igualmente, se debe tener cuidado si recibe un correo electrónico diciéndole que ha resultado ganador de un premio. Hay empresas que se dedican a estafar al consumidor notificándoles que ha sido premiado con una cantidad de dinero.

El dinero que se obtiene de un décimo premiado está libre de impuestos. Sin embargo, lo que se adquiera con ese dinero o los intereses que genere en el banco deben ser declarados y pagar lo correspondiente en el impuesto de la renta.

Así, alertan de una práctica fraudulenta que se produce tras el sorteo de Navidad, que es la venta de décimos premiados, con un 10 o un 20 por ciento más del importe total del décimo. "Tenga cuidado con estos incentivos. Si accede a la venta, no podrá acreditar después ante Hacienda la procedencia de ese dinero y eso le puede suponer un acta de inspección que le costaría más de la mitad del importe ganado".

Por otro lado, una de las mayores dificultades que el consumidor se encuentra cuando ha sido agraciado es no saber exactamente cómo se debe cobrar, dónde ponerlo o guardarlo. El banco puede encargarse de hacer todos los trámites necesarios con la administración para el cobro de esas cantidades. En el caso de que en vez de un décimo, tenga una participación, corresponde al emisor de esa participación darle la cantidad correspondiente.

Asimismo, todos los décimos premiados tienen un plazo de caducidad, que viene indicado en el reverso. En el caso de los de la Lotería de Navidad, ofrecen tres meses como máximo para el cobro, si se pasa el plazo, se perderán los derechos a recibir el premio.

Si se comparte el décimo con varias personas, es recomendable fotocopiarlo, especificando la cantidad que aporta cada uno y firmar cada uno de los pagadores. En el caso de que el portador del original intente cobrar el premio íntegramente sin compartirlo con nadie, existiría la posibilidad de denunciarle e ir a juicio para reclamar la parte del premio correspondiente a cada uno.

Finalmente, han advertido que "si tiene alguna duda o desea presentar una reclamación, el Ente Público de Loterías y Apuestas del Estado es el organismo competente en esta materia".