Oviedo / Madrid,

Santiago CID / Agencias

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) una multa de más de 1,7 millones de euros al considerar que abusó de su posición de dominio en la aplicación de sus tarifas para bailes de bodas, bautizos y comuniones. La resolución responde a la denuncia presentada en enero del año 2010 por tres restaurantes asturianos -asociados a Hostelería de Asturias- contra la SGAE, única entidad competente en España para la gestión de autorizaciones y percepción de los pagos que deben abonar los propietarios de las salas de restauración que quieren poner música a este tipo de celebraciones.

Hostelería de Asturias manifestó ayer su satisfacción por esta resolución, que «da la razón a los argumentos que desde hace tiempo venimos defendiendo», señalaron sus responsables en un comunicado público. Los hosteleros matizan que no están «en contra de los derechos intelectuales de los autores y del cobro de los mismos», sino de la aplicación de unas tarifas que califican de «abusivas y no equitativas».

La SGAE venía recaudando 1,5 euros por comensal en concepto de derechos de la música utilizada en los bailes que se organizan en establecimientos hosteleros con motivo de bodas, bautizos y comuniones. Esta cifra se rebajaba a 1,3 euros si los invitados eran más de 75. Los dirigentes de Hostelería de Asturias sostienen que estas tarifas «no podían ser consideradas ni equitativas ni razonables» y se manifiestan «orgullosos de que tres hosteleros asturianos con su valentía hayan conseguido una resolución que beneficiará a todo el sector hostelero español».

Competencia argumenta que la SGAE ha efectuado descuentos «de forma discriminatoria y no transparente» y ordena a la entidad que ponga fin a la denominada «tarifa sustitutoria», vigente desde 2009, y que grava con un 15 por ciento a aquellos empresarios que no notifiquen por anticipado el número y aforo de los eventos que vayan a celebrar al mes siguiente.

La resolución determina que la SGAE ha desarrollado una política de opacidad, porque, mientras que los miembros de las asociaciones con las que había firmado convenios tenían derecho a bonificaciones del 20 por ciento sobre la tarifa general, los empresarios individuales «ni siquiera conocían la posibilidad» de acceder a dichas reducciones en el coste.

Las normas de competencia actualmente vigentes, aclara la resolución, no se oponen a que los operadores dominantes apliquen a sus clientes descuentos diferentes siempre que obedezcan a criterios objetivos «y que además sean transparentes y conocidos por todas las partes de antemano».

Tras conocer la resolución, la SGAE indicó que recurrirá la sanción impuesta y subrayó que las actuales cantidades establecidas por la entidad son el resultado de la negociación mantenida con los representantes del 95 por ciento de las empresas del sector.

Por otro lado, la portavoz de la SGAE, Julia Altares, salió en defensa de la «tarifa sustitutoria», ya que con ella -enfatizó- se trataba de evitar la presencia de inspectores de la entidad en estas celebraciones.

En la determinación del importe de la multa, la CNC ha tenido en cuenta la agravante por reincidencia, dado que la SGAE ya fue sancionada en 2002 por un abuso de posición dominante.