De los nueve integrantes de la Sala del Supremo que vieron este caso, cinco votaron a favor de la denegación de la inscripción a los hijos de padres que recurrieron a vientres de alquiler y cuatro se mostraron partidarios de dar cobertura legal a la nueva situación. Fue el magistrado José Antonio Seijas Quintana, ex presidente de la Audiencia Provincial de Asturias, quien defendió el voto particular a favor de los intereses de la familia. Entre los razonamientos de Seijas Quintana está el hecho de que con la inscripción registral "lo que se somete a la autoridad española no es la legalidad de un contrato (el del vientre de alquiler), sino el reconocimiento de una decisión extranjera válida y legal conforme a su normativa".

También discrepa Seijas Quintana de las advertencias sobre "mercantilización" de la maternidad y "cosificación de la mujer" que se hacen en la sentencia. Sobre éstas considera que "no se puede generalizar" ni perder de vista que "supone una manifestación del derecho a procrear especialmente importante para quienes no pueden tener un hijo genéticamente propio". Apunta, además, que "no se puede subestimar sin más la capacidad de consentir de la madre gestante". En otro razonamiento asegura que "la tendencia en el derecho comparado camina hacia la regularización y la flexibilización de estos supuestos". Además, estima que el interés de los menores queda afectado gravemente, porque a estos niños "se les coloca en un limbo jurídico incierto".