La primera evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) se realizará al finalizar el curso 2016-17 al alumnado que haya cursado cuarto, aunque no tendrá efectos académicos, es decir, no será necesario superarla para obtener el título de graduado. Sin embargo, la prueba final que se ejecute al concluir el curso 2017-18 sí tendrá efectos académicos, según el real decreto por el que se regula el currículo básico de ESO y de Bachillerato aprobado ayer por el Consejo de Ministros, para adecuarlo a la ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce).

Al finalizar el cuarto curso de ESO, los alumnos realizarán una evaluación individualizada en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes. Los estudiantes podrán realizar la evaluación por cualquiera de las dos opciones de enseñanzas -académicas o aplicadas-, con independencia de la opción cursada en cuarto curso o por ambas opciones en la misma convocatoria, con la posibilidad de repetir la prueba cuantas veces deseen, según una nota difundida ayer por el Ministerio.

En cuanto al Bachillerato, los alumnos realizarán una evaluación individualizada al finalizar esta etapa, en la que se comprobará el logro de los objetivos y el grado de adquisición de las competencias correspondientes. Sólo podrán presentarse a esta prueba quienes hayan obtenido calificación positiva en todas las materias. Los que no hayan superado esta evaluación, o que deseen elevar su calificación final, podrán repetirla en convocatorias sucesivas, previa solicitud.

En el caso de quienes deseen obtener este título por más de una modalidad, podrán solicitar que se les evalúe de las materias generales y de opción de su elección del bloque de asignaturas troncales, correspondientes a las modalidades escogidas.

Se establecen además las medidas para que las condiciones de realización de las evaluaciones se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Las administraciones educativas podrán determinar medidas de atención personalizada dirigidas a aquellos que, habiéndose presentado a la evaluación final de ESO, no la hayan superado.

Los centros, en función del diagnóstico e información proporcionados por los resultados, establecerán medidas ordinarias o extraordinarias en relación con sus propuestas curriculares y práctica docente. Estas pautas se fijarán en planes de mejora de resultados colectivos o individuales que permitan, en colaboración con las familias y empleando los recursos de apoyo educativo facilitados por las autoridades, incentivar la motivación y el esfuerzo de los alumnos.

Por otra parte, el nuevo currículo básico de ESO y de Bachillerato incluye el fomento, por parte de las administraciones educativas, del rechazo a la violencia terrorista, así como el respeto y consideración a las víctimas del terrorismo y a la prevención de este tipo de violencia.