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La ley no basta para proteger a los niños en las redes, dice un estudio

La tesis de Raquel Pérez, profesora de la Universidad de Oviedo, reclama normas específicas actualizadas, "jurídicas y técnicas"

Raquel Pérez. LUISMA MURIAS

Un niño con un ordenador es un riesgo cotidiano que apenas sale en las leyes. La legislación vigente, redactada en los años 80 y 90 del siglo pasado, no entiende "cyberbullying", no sabe perseguir el "sexting" ni tiene mecanismos contra el "grooming", que por cierto es el hostigamiento sexual de un adulto a un menor en las redes sociales. La norma no puede precaverse contra el acoso cibernético, ni es capaz de proteger a los menores de los peligros del uso cotidiano de una tecnología que era ciencia ficción cuando el legislador alumbró las leyes de defensa del honor y la intimidad (1982) o de protección jurídica del menor (1996). Raquel Pérez Díaz, abogada en ejercicio y profesora asociada de Derecho Civil en la Universidad de Oviedo, puede recitar un glosario extenso de términos en inglés que designan nuevas conductas lesivas frente a los que la ley se ha quedado obsoleta y carece de una respuesta adecuada. La tesis con la que se ha doctorado en Derecho, calificada con Sobresaliente Cum Laude, trata de eso, de leyes del siglo XX insuficientes para realidades del XXI, y concluye que sólo una norma específica puede hacer frente a los peligros de tener la tecnología al alcance de los niños.

Reclama una norma propia de protección frente a los riesgos de las redes aclarando que ha de ser "jurídica y técnica", una respuesta "multidisciplinar" en cuya confección y aplicación deberían colaborar "los poderes públicos con los tutores y educadores y los agentes de la industria". Su investigación confirma que no pueden solos, que de nada serviría la aproximación jurídica sin, por ejemplo, un compromiso cierto y fiable de la industria en la habilitación de "sistemas efectivos para comprobar la edad de los menores en el acceso a las redes".

Consciente de que la realidad jurídica está condenada a avanzar siempre unos pasos por detrás de la realidad social, Raquel Pérez enfatiza además de la intervención normativa la estrategia preventiva, la del hogar y la del colegio. "Los que hemos nacido antes de 1994 somos 'inmigrantes digitales' y carecemos de la formación necesaria para educar a nuestros hijos en nuevas tecnologías", para prevenirles contra los riesgos o hacerles saber que, por ejemplo, sin llegar a la gravedad del acoso sexual o violento, en el manejo cotidiano de las redes "muchos de ellos se pueden hacer daño a sí mismos sin saberlo. No saben que publicando fotografías sin consentimiento lastiman su imagen o su intimidad", afirma la jurista antes de certificar que la respuesta a la ignorancia está donde siempre debe estar, en las familias y en los centros escolares, enfatizando en éstos "el aprendizaje personalizado y la interactuación en el trabajo colaborativo". El eje del problema, tal y como lo observa Pérez, lo ocupa "el uso de la imagen en las redes sociales por los propios menores, o incluso a veces por sus representantes legales, que cuando suben una foto de sus hijos por ejemplo a Facebook deberían plantearse antes que nada que puede ser copiada y reproducida indefinidamente".

La investigadora consagra buena parte de su trabajo, que prepara para su publicación, a dar fe del vacío regulador que en estas circunstancias dificulta la adecuada protección de los derechos del menor. Enfatiza el "cambio de paradigma en la protección del honor que ha supuesto internet", la asocia a la carencia de herramientas para hacer frente al libre acceso que los menores pueden tener a contenidos potencialmente nocivos y destaca la particularmente preocupante ausencia de regulación alrededor de los servicios de mensajería instantánea como WhatsApp, SME, Lines, Messenger o Skype.

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