La compañía aérea Ryanair ha sido condenada a indemnizar a una pareja de Vigo que contrató un vuelo de ida y vuelta a Barcelona los días 26 y 27 de noviembre de 2016 para asistir a un concierto del grupo británico The Cure. El retraso del vuelo supuso para ellos una pérdida de interés por el viaje, ya que no iban a llegar a tiempo al concierto, por lo que no subieron al avión.

El titular del Juzgado de lo Mercantil 3, con sede en Vigo, ha estimado íntegramente la demanda de los afectados, que reclamaban 623 euros a la compañía aérea, a quien también impone el pago de las costas y los intereses legales y de mora procesal.

Ryanair alegó que no procedía compensación alguna para los dos pasajeros, puesto que fueron ellos quienes decidieron no embarcar voluntariamente y que dada su actitud tampoco procedía la reclamación de los gastos materiales.

El juez, sin embargo, considera probado el daño moral, "pues obviamente han existido perjuicios emocionales al verse frustrados en el disfrute de su ocio, cuando el contrato firmado suponía que el traslado a Barcelona se realizaría en una hora conveniente a sus intereses".