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Unos jueces más sensibles habrían visto intimidación, dicen los juristas

Expertos en Derecho Penal y abogadas feministas creen que los delitos sexuales están bien contemplados en el Código Penal, y que en el caso de Pamplona falló la apreciación de los magistrados

"No es agresión, es violación", rezaba un cartel en las manifestaciones contra la sentencia de "La Manada". Muchos no entienden cómo es posible que cinco hombres acometan en un cuartucho a una joven de 18 años y la sometan a todo tipo de sevicias y que estos hechos no se hayan considerado como violación. Se está incurriendo, sin embargo, "en mucha confusión terminológica", cree el catedrático acreditado de Derecho Penal Javier Gustavo Fernández Teruelo. Los expertos consultados estiman que el Código Penal no precisa de reformas y menos en caliente. Y es que en el caso de "La Manada" estaríamos más ante "un problema de prueba o de apreciación de la misma" que ante uno de tipificación. No obstante, apuntan a algún aspecto que se podría afinar: equiparar, por ejemplo, los abusos sexuales con prevalimiento -que es por lo que han sido condenados los miembros de "La Manada"- al delito de violación.

Agresión sexual o abusos sexuales. Mucha gente piensa que las agresiones sexuales son aquellas en las que hay penetración, tanto vaginal como bucal o anal, y que en los abusos sexuales no se produce esa penetración. Puede haberla en ambos casos. La diferencia entre los dos delitos es la violencia e intimidación. Es agresión sexual cuando la víctima es forzada de forma violenta (golpes, empujones) o por la amenaza de un mal, que puede ser verbal, por gestos o con la exhibición de un arma, según explica el profesor de Derecho penal Luis Roca Agapito. No obstante, hay agresiones sexuales en las que no se produce penetración alguna. Es el caso, por ejemplo, de los agresores que manosean a una mujer en sus partes de forma violenta. Y también hay abusos sexuales sin penetración. La diferencia sigue siendo la violencia e intimidación. Para los jueces navarros, no se da ninguna de esas circunstancias en el caso de "La Manada". La abogada experta en atención a víctimas de agresiones sexuales, Ana María González, se queja de que "las mujeres tienen que llevar las lesiones bajo el brazo para poder denunciar estos delitos, cuando hay agresiones sexuales sin lesiones. A las mujeres se las cuestiona desde el minuto cero y la carga de la prueba recae sobre ellas".

El delito de violación. Por alguna razón se ha extendido la idea de que el delito de violación ya no existe en España. No es cierto. La violación es, según el Código Penal, la agresión sexual cualificada, esto es, aquella en la que hay penetración, explica Fernández Teruelo. Tanto este delito como los abusos sexuales se agravan si se cometen en grupo -como "La Manada"- o si la violencia e intimidación entrañan un carácter especialmente degradante o vejatorio.

Abusos sexuales, pero algo más. En la sentencia, los jueces aprecian abusos sexuales -un atentado a la libertad sexual con o sin penetración realizado sin violencia ni intimidación-, pero agravados por el prevalimiento, que es cuando el agresor "se prevale de su superioridad, sin necesidad de externalizar la amenaza o la violencia", señala Fernández Teruelo. Es lo que se produce, por ejemplo, en los casos de padres que se aprovechan de su ascendiente o autoridad para abusar de sus hijos. Para el catedrático acreditado, "se trataría de una intimidación implícita" y podría equipararse, en una hipotética reforma, al delito de violación. Hay otra agravante en el caso de "La Manada", la continuidad. Los acusados exhibieron "varios comportamientos delictivos que buscaban la misma finalidad". Esta agravante solo es posible en los abusos y desaparecería si fuesen condenados por violación en una instancia superior, señala Roca.

La cuestión de la violencia e intimidación. Es la clave de este juicio. Roca Agapito, tras dejar claro que los jueces han visto pruebas que él no ha visto, cree que "pudo haber intimidación". "Hay que mirar el contexto. Rodear a una persona entre varios puede ser entendido como intimidación. Hay jurisprudencia que lo establece así en casos de robo", indica el profesor. Y añade: "Antes, para que se apreciase violación, se exigía una resistencia por parte de la víctima. Lo que hay que establecer ahora no es si ésta se resiste, sino si la acción del agresor fuerza su voluntad". María Martín resalta la "falta de sensibilidad de los jueces, sin olvidar el voto particular, que conlleva una ofensa a las mujeres". La letrada considera que el fallo no es congruente, ya que "los hechos probados describen un caso de violación, pero se impone una condena por abusos sexuales". Para el profesor de Derecho Penal Jesús Bernal del Castillo, "la intimidación se tiene que interpretar en un sentido psicológico, tiene que quedar claro que debe haber una coacción". La letrada Ana María González cree por su parte que a "La Manada" se le ha hecho un regalo al no apreciar la intimidación. "No tuvieron necesidad de utilizarla. No hubo violencia, pero el escenario en el que se produjeron los hechos era totalmente adverso a la víctima. La situación es la misma que en una violación", indica. Y carga contra "la desvergüenza del voto particular: ¿Qué no vio de lo que han visto 40 millones de españoles?". Y es que "por los hechos probados, se trata de una agresión sexual. Los jueces han tenido miedo, les tembló el pulso".

Una pena dura. Todos los expertos consultados resaltan la dureza de la pena impuesta, nueve años de cárcel. "El homicidio doloso simple está penado con diez años de cárcel", resalta Roca. "No es una pena leve precisamente", apunta Fernández Teruelo. La abogada feminista María Martín admite que "el Código Penal español ya castiga duramente estos delitos". Ana María González tampoco ve necesario endurecer las penas: "Entiendo que la gente pida más dureza, pero no podemos pedir 30 años por una violación, debe haber proporcionalidad".

Necesidad de una reforma. Ninguno de los consultados ve necesidad de una reforma penal. "Es un Código moderno, no hace falta agravarlo", cree Bernal del Castillo. Ana María González cree que debe haber un vuelco como en el problema de la violencia de género: "Tiene que haber un celo especial en la instrucción para reunir las pruebas , una mayor diligencia de los equipos psicosociales, las acusaciones particulares deben tener menos dificultades para personarse y seguir las diligencias". Y María Martín aboga por una Justicia que se aplique desde una perspectiva de género, "una Justicia justa con las mujeres".

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