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Un flagrante caso de peligrosidad en la carretera
 

Un conductor asturiano, cazado a 221 por hora en la autovía a la altura de Benavente

El presunto infractor, a bordo de un Audi, está imputado por conducción temeraria y se enfrenta a una pena de cárcel de entre tres y seis meses

 
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Foto tomada por el radar al vehículo del presunto infractor, en las inmediaciones de Benavente.
Foto tomada por el radar al vehículo del presunto infractor, en las inmediaciones de Benavente. 

Oviedo, L. Á. VEGA
Un conductor residente en Asturias, cuya identidad se corresponde con las iniciales C. C., de 37 años, ha sido cazado por el radar circulando a 221 kilómetros por hora en la autovía de la Plata (A-66) a la altura de la localidad zamorana de Benavente. El tramo en el que se produjo la infracción está limitado a 120 kilómetros por hora, por lo que el conductor ha sido imputado por un supuesto delito contra la seguridad del tráfico, en la modalidad de conducción temeraria.

Este caso contrasta con el del asturiano que fue sorprendido en febrero de 2006 conduciendo a 260 por hora en la autopista de Burgos a León. Aunque un Juzgado de lo penal burgalés le condenó a seis meses de cárcel y dos años de retirada del carné, la Audiencia de la misma capital castellana revocó la sentencia dos meses después, puesto que no quedó probado que incurriese en conducción temeraria. En ese momento, la conducción temeraria quedaba al arbitrio del juez del caso y no se establecía en función de la velocidad a la que se circulase, sino de las circunstancias en que se llevase a cabo.

En cuando a C. C., fue sorprendido en la mañana del pasado lunes, día 21, a bordo de un Audi, modelo A6. Una patrulla del destacamento de Tráfico de Benavente, en servicio de radar, detectó la infracción. El autor de los hechos fue posteriormente identificado e imputado como presunto autor de un delito contra la seguridad del tráfico. Las diligencias fueron puestas a disposición del Juzgado de instrucción número 1 de Benavente.

La diferencia entre el asturiano que fue cazado en febrero de 2006 y el que fue sorprendido el pasado lunes es que entonces no existía una legislación que estableciese como delito la conducción por encima del límite establecido. Tras la última reforma del Código Penal, se incurre en delito contra la seguridad vial si se conduce a una velocidad superior en 70 kilómetros al límite establecido en vías urbanas, y en 80 kilómetros en vías interurbanas.

Los infractores serán castigados con una pena de prisión entre tres y seis meses de cárcel, o al pago de una multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, se le privará del carné de conducir por un espacio que va de uno a cuatro años. Aunque ya hay numerosos conductores que han pisado la cárcel por delitos de tráfico, en la mayoría de los casos se aplican las penas en beneficio de la comunidad.

Hasta mediados de año habían ingresado en las cárceles españolas por delitos de tráfico unos 700 conductores. En Asturias, a mediados de agosto, había un total de 37 conductores cumpliendo penas exclusivamente por delitos de seguridad vial, en un 60 por ciento de los casos por alcoholemia, y ninguno por exceso de velocidad.

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