Oviedo, L. Á. VEGA

El ovetense J. J. G. G., de 50 años, aceptó ayer, en la sección segunda de la Audiencia Provincial, una condena de un año y medio de prisión por compartir archivos con imágenes de pornografía infantil. El fiscal pedía inicialmente una pena de cuatro de años de cárcel, aunque finalmente accedió a reducir la condena después de que el acusado, defendido por el abogado Amancio Aquiles Rodríguez, reconociese los hechos denunciados ante el tribunal.

La condena permite al acusado eludir la cárcel, debido a la ausencia de antecedentes penales, a que la pena es inferior a dos años y a que el ministerio fiscal no se opone a la suspensión del ingreso en prisión, aunque la decisión final corresponde a los magistrados de la Audiencia Provincial.

J. J. G. G. fue detenido a finales de enero de 2009, después de una ardua investigación de la Policía Judicial de la Guardia Civil de Zaragoza, que se inició varios meses atrás, en marzo de ese mismo año, y que fue bautizada como «operación Tabladura».

En marzo del año pasado, un usuario de internet de la localidad zaragozana de Tarazona descargó lo que él creía que era un pdf con partituras de guitarra eléctrica. Cuando abrió el archivo, sin embargo, se encontró con que se trataba de imágenes de menores de 13 años, algunos de ellos bebés, en situaciones sexuales con adultos y otros niños. La descarga se había realizado a través del programa eMule y se rastreó las dirección IP desde las que se había descargado el archivo. Los agentes detectaron la friolera de 24.651 descargas a nivel mundial, 1.307 de las cuales se había realizado en territorio nacional. Fueron identificadas trece direcciones IP. En enero de 2009 se practicaron catorce registros domiciliarios en toda España, lo que dio lugar a nueve detenciones, entre ellas la del ovetense, y a la imputación de dos personas. Aparte de en Oviedo, las detenciones se practicaron en Barcelona, Valencia, Burgos, León, la Rioja y Mallorca. Los imputados era de Córdoba y Pontevedra. Los diferentes implicados en este asunto han sido juzgados o están a punto de serlo en las provincias en las que residen.

La petición inicial de fiscal de cuatro años se justifica no sólo por la edad de los menores implicados en las imágenes sexuales, sino por el hecho de haber compartido los archivos, en el caso del ovetense, hasta en 16 ocasiones. La pena que puede solicitarse es muy inferior cuando no se produce ese intercambio de archivos, sino que simplemente se posee material pornográfico infantil. En este caso es de un año de prisión. Los delitos de corrupción de menores en su modalidad de pornografía infantil no han hecho más que incrementarse debido al fenómeno de internet.