Asesinaron a su hija Asunta, de 12 años, "de común acuerdo", tras sedarla con lorazepam y sin que la pequeña pudiese hacer nada para defenderse, dado el elevado nivel de toxicidad derivado de la ingesta de ansiolíticos. Y en ese plan premeditado para matar a la pequeña incluyen la sedación durante al menos tres meses antes de su fallecimiento, el 21 de septiembre de 2013. Es la decisión final del jurado popular sobre el crimen que conmocionó a toda España y a la opinión pública en el extranjero, dos años atrás. La pequeña, una niña brillante de origen chino adoptada por una familia compostelana de padre periodista y madre abogada, apareció muerta en la madrugada del 22 de septiembre, en una pista muy próxima a la casa familiar de Teo, en las cercanías de Santiago de Compostela, donde supuestamente se cometió el crimen de la niña para después colocar el cadáver "en el talud de la cuneta". El jurado popular dio a conocer su veredicto ayer en los juzgados de Fontiñas (Santiago), al quinto día, tras aislarse para deliberar el lunes al mediodía. La postura final fue unánime: consideraron a ambos padres culpables de asesinar a su hija.

La decisión de los nueve miembros del jurado (cinco hombres y cuatro mujeres) fue rotunda, plenamente argumentada con enumeración de pruebas expuestas a lo largo del juicio, que duró prácticamente un mes desde que se inició el 29 de septiembre. Consideraron hechos probados siete puntos clave del cuestionario. El guión para el veredicto contenía 21 preguntas pero al elegir el itinerario de la "coautoría", ya que desde un inicio el jurado fue contestando las preguntas que apuntaban a un plan tramado entre los dos para matar a la pequeña, no fue necesario justificar todas las cuestiones. El jurado no encontró "hechos no probados" y descartó para Porto y Basterra, los dos únicos acusados desde el principio de este caso por la muerte de la pequeña, el indulto o la posible suspensión de la pena.

La comida familiar

El jurado sostuvo que el día de los hechos los tres comieron juntos en el piso de Alfonso, donde le suministraron gran cantidad de lorazepam para posteriormente asfixiarla. Sobre las 18:15 Rosario Porto llevó a su hija a Teo, en el Mercedes Benz de su propiedad. El jurado también considera un hecho probado que Basterra participara ese día en los hechos, hasta que regresó a Santiago desde Teo "en algún momento de la tarde anterior a las 20:43", momento en que se registra la primera conexión de su móvil. El mantenía que estuvo toda la tarde en su piso de Santiago. El jurado expresó ayer que no se puede negar que Alfonso estuviese en Teo ya que en la imagen del coche no se ven los asientos de atrás del Mercedes. En este punto el jurado va más allá del propio fiscal, que en su escrito final puntualizó que no podía acreditar la presencia de Alfonso en Teo la tarde del 21. Concluye el jurado que en algún momento entre las 18:33 (hora de desconexión de la alarma al llegar a Teo) y las 20:00 horas (hora máxima de la muerte fijada en la autopsia) los acusados asfixiaron a su hija "por medio de la comprensión que le aplicaron sobre la boca y la nariz". En un momento próximo a la muerte, "la ataron" por los brazos y tobillos con unas cuerdas naranjas.

El fiscal pide 18 años

El fiscal mantiene la petición de pena de 18 años de prisión por asesinato para cada uno y la acusación popular de 20 años, la pena máxima. El fiscal considera necesario, y así lo expresó ayer tras la lectura del veredicto, que continúen en prisión preventiva hasta que se dicte sentencia. Explicó que la pena para asesinato oscila entre 15 y 20 años y, según su opinión, debe moverse en el tramo superior, teniendo en cuenta la agravante de parentesco. Para la acusación popular, representada por la Asociación Clara Campoamor, la pena debe ser la máxima en estos casos, 20 años, teniendo en cuenta "el desarrollo continuado durante tres meses (administración previa de lorazepam) y el sufrimiento causado a la niña".

El abogado de Porto, José Luis Gutiérrez Aranguren, pidió para su defendida la pena mínima posible, 17,5 años, y la abogada de Basterra, Belén Hospido, 12,5 años para su cliente al no considerar probada la alevosía. Hospido aseguró que se trata de un homicidio con condicionantes, como abuso de superioridad, por eso redujo su petición a la pena mínima y apela al principio del "in dubio pro reo" para su defendido. El abogado de Porto, Aranguren, avanza que recurrirá la decisión "hasta la última instancia" y que hasta que no haya sentencia en firme sigue defendiendo la inocencia de Rosario Porto. "Se ha cerrado una puerta pero quedan otras abiertas", declaró a la salida de los juzgados. La lectura del veredicto y las posiciones de las partes terminó pasadas las doce del mediodía. El presidente del tribunal, Jorge Cid, agradeció una vez más el "comportamiento ejemplar" del jurado.