Dos fallos de las secciones segunda y tercera de la Audiencia Provincial acaban de confirmar la absolución del propietario del restaurante La Campana de Pruvia (Llanera), contra el que la Agencia Tributaria y la Fiscalía plantearon dos juicios por fraude fiscal de más de 800.000 euros. Los dos casos se conocieron como los de las bodas, ya que los acusadores sostenían que el hostelero había declarado cantidades inferiores a las que realmente había obtenido de los banquetes. Primero el Juzgado de lo penal número 2 de Oviedo, en noviembre y enero pasados, y ahora las secciones penales de la Audiencia estiman que no hay pruebas de que se cometiese delito y exoneran de toda culpa al hostelero. La Audiencia rechaza los recursos del Abogado del Estado y la Fiscalía -que solicitaban en un juicio dos años y medio de cárcel y en el otro tres años y nueve meses- por considerar que no cabe volver a replantear las pruebas que ya valoró el juez de lo penal.

Los dos juicios se referían a los ejercicios de 2007 y 2008, en los que el restaurante llegó a atender cientos de banquetes de boda. La defensa, a cargo de Pedro Menéndez Prieto, llegó a plantear la declaración de cientos de novios -hasta 350 en una de las ocasiones- para corroborar que las cantidades declaradas eran las realmente pagadas. Finalmente no fue necesario que declarasen tantos novios.

En el primer juicio, la Fiscalía -que reclamaba un fraude de 330.000 euros- retiró los cargos respecto a las supuestas irregularidades de 2007, y el Juzgado de lo penal número 2 consideró, en su sentencia de noviembre, que no se había producido delito en el ejercicio de 2008. En enero de este año, este Juzgado de lo penal volvió a absolver al empresario de dos supuestos delitos contra la Hacienda Pública en los años 2007 y 2008 por 437.000 euros. El Fiscal solicitaba tres años y siete meses de prisión, y una indemnización de 442.090 euros.

Según esta segunda sentencia, la labor de contraste realizada por la Agencia Tributaria fue tan débil que la acusación quedó "ayuna de prueba". La acusación se basó en una hoja de Excel en la que, en principio, se apuntaban los invitados previstos y el presupuesto, por lo que en prácticamente ningún caso coincidía con la factura final. Hacienda echó sus cuentas aplicando el sistema de estimación directa, que según el tribunal, "es excepcional y subsidiario, se basa en indicios y sólo se puede aplicar cuando no hay posibilidad" de lograr más información. La defensa alegó que Hacienda no practicó diligencias para comprobar la veracidad de los datos.