El Supremo confirmó la condena por el asesinato de Asunta Basterra no sólo para Rosario Porto, sino también para el padre de la menor, porque "sin la intervención" de Alfonso Basterra "no hubiera podido ser llevado a cabo el macabro desenlace".

El Supremo confirmó el pasado octubre la condena a 18 años de cárcel impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia a cada uno de los padres de Asunta Basterra por el asesinato de la niña, su hija adoptiva.

En esa sentencia, cuyo contenido se conoció ayer, el Supremo considera a Basterra "autor del asesinato de su hija, ya que participó en la decisión en plano de igualdad con Rosario Porto e intervino con actos esenciales que condujeron a la ejecución del hecho criminal proyectado".

La sentencia, cuyo fallo se adoptó por unanimidad, concluye que los hechos incriminatorios son los mismos en el padre y la madre de la menor hasta el día del desenlace, en que los tres comen juntos y durante el tiempo que están comiendo o en la sobremesa en casa del padre, la niña ingirió un medicamento que la dejó sedada.

Basterra, "a las 6.20 acompaña a la niña, conociendo los síntomas del medicamento, lo que va a favorecer la muerte (alevosa) y a la vez que en su entorno vital más próximo podrían considerar la muerte un efecto de la enfermedad padecida (ataque de alergia)", detalla el fallo.

Para el Supremo, el suministro previo y reiterado de tal medicamento produjo "perniciosos efectos para la salud de la niña" y facilitó el crimen. "Sin esa circunstancia habría resultado imposible llevar a buen término el macabro plan, así como atribuir un intento de agresión a la menor a un propósito del agresor de asfixiarla", añade el Supremo. La sentencia señala que el padre compra las cajas de Orfidal y pese a tener con él a la niña en mal estado, no hizo nada para que mejorara.