Estíbaliz Valdés, la médico acusada por la muerte de la niña de Ibias Ana Suárez Fernández, que se atragantó con una palomita, ha sido condenada a un año de prisión por el Juzgado de lo penal número 1 de Oviedo, que considera que debería haberle practicado una broncoscopia a la menor.

El fallo, que ha sido comunicado hoy a las partes, condena a la cirujana pediatra del HUCA a tres años de inhabilitación, así como al pago de una indemnización de 130.000 euros a los padres de la pequeña, cuyos intereses ha defendido el letrado Ignacio Pérez Arévalo. El ministerio público solicitaba una condena de año y medio de prisión y cuatro de inhabilitación, que la acusación particular elevaba la petición a cuatro de prisión y seis de inhabilitación. En esta crónica puedes leer la reacción de los padres tras el suceso.

Durante el juicio, la defensa de la médico trató de demostrar que la broncoscopia a la menor no estaba indicada y que la hubiese puesto en peligro de forma innecesaria. En la sentencia ha sido clave la opinión del médico forense, que indicó que solo la brocoscopia hubiese salvado la vida a la niña. "Extremé las precauciones", llegó a decir la mujer. Lee aquí su declaración

La sentencia, contra la que cabe recurso, condena a la médico por un delito de homicidio por imprudencia grave profesional. La niña falleció el 14 de marzo de 2013 por anoxia encefálica por insuficiencia respiratoria aguda, debido a la obstrucción de la tráquea por grano de maíz, cinco días después de haber ingerido una palomita. El fallo considera que la facultativa, que atendió a la pequeña en el Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) tras ser derivada desde el Hospital de Cangas del Narcea ante la sospecha de la presencia de un cuerpo extraño que dificultaba su respiración, debió practicarle una broncoscopia. Añade que, al darle el alta al día siguiente pese a que la pequeña presentaba hipoventilación "sin cerciorarse de la presencia del cuerpo extraño" y sin realizarle la broncoscopia para extraerle la palomita, tal y como reclamaron los padres, la médico "actuó con ausencia de prevención, diligencia, olvido de normas elementales de cuidado" y por tanto "no obró conforme a la lex artis, conforme a los conocimientos propios de su actividad profesional".

El magistrado entiende que la broncoscopia era la "técnica idónea" para localizar y extraer la palomita de maíz y "aplicable al caso, no por el capricho de la madre, como argumentó la defensa de la doctora, sino por aconsejarlo la situación en que se hallaba la niña". Por ello, considera que la doctora creó "una situación de riesgo, previsible y evitable, infringiendo elementales normas de precaución".