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Ciudades por la vida, contra la pena de muerte

El debate social sobre la condena capital

Hoy se celebra la Jornada Internacional de Ciudades por la Vida- Ciudades contra la Pena de Muerte. Esta celebración, impulsada por la Coalición Mundial contra la Pena de Muerte, a la que pertenece Amnistía Internacional, arranca en 2002, en Italia, eligiéndose esta fecha, 30 de noviembre, por coincidir con el aniversario de la primera abolición de la pena de muerte en la historia: la del Gran Ducado de Toscana, el 30 de noviembre de 1786. En la actualidad, unas 2.000 ciudades de los cinco continentes toman parte en este día, mediante iniciativas de carácter educativo, lúdico y de sensibilización de la población.

A día de hoy, son unos 140 países los que han abolido la pena de muerte en la ley o en la práctica, pero el dato más lamentable es que alrededor de 60 países en el mundo continúan manteniendo la pena capital como respuesta a determinados delitos. Y podemos comprobar cómo en muchos de esos países se sigue condenando a muerte y ejecutando a personas por "delitos comunes", entre los que figuran delitos de drogas en al menos 10 países de Asia y Oriente Medio, así como el "adulterio" durante el matrimonio en Emiratos Árabes Unidos, la "blasfemia" en Pakistán, delitos económicos en China, Corea del Norte y Vietnam o la "brujería" y "hechicería" en Arabia Saudí.

En cifras estamos hablando de que los cinco países que más ejecuciones han llevado a cabo en el pasado año, ordenados de mayor a menor número son China con más de 1000, Irán más de 290, Arabia Saudí más de 90, Irak más de 60 y Estados Unidos con 35 ejecuciones.

A mi entender, sobra decir que la pena de muerte es un castigo inhumano e innecesario, que supone una violación de dos derechos humanos fundamentales: el derecho a la vida y el derecho de toda persona a no ser sometida a penas crueles, inhumanas o degradantes. Y hemos de tener en cuenta que ninguno de los estudios realizados sobre la pena de muerte como medida disuasoria ha podido nunca encontrar pruebas convincentes que demuestren que la pena capital tiene un mayor poder disuasorio frente al crimen que otros castigos.

En España parece que esto ya nos queda muy lejos sin embargo, analizando nuestra Constitución podemos comprobar como aún quedan flecos, y es que con la Constitución de 1978 quedó abolida la pena de muerte, sin embargo, el Artículo 15 sigue haciendo mención a la misma:

Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra

Cierto es que en 1995, tras una intensa campaña de Amnistía Internacional, se elaboró La Ley Orgánica 11/1995, de 27 de noviembre, que abolía la pena de muerte en tiempo de guerra y por tanto la abolición absoluta en nuestra legislación. No obstante, el artículo 15 de la Constitución sigue sin ser modificado. Y en estos tiempos en los que hablamos de posibles modificaciones de la Constitución es evidente que esa es una de las necesarias modificaciones.

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