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Licenciado en Ciencias del Trabajo y graduado social

Democracia y ministerio fiscal

Reflexiones tras el informe final de la Fiscalía en el juicio por el "caso Nóos"

Siguiendo la línea que adoptó a lo largo de todo el juicio del "caso Nóos", el fiscal anticorrupción inicia su informe final arremetiendo duramente contra el juez que instruyó la causa durante más de cinco años y ha acusado al magistrado de haber construido un "andamiaje sobre conjeturas y sospechas de gran calado y aplauso mediático, fraude de ley, malabarismos jurídicos retorcidos y engañosos, persecución", etcétera para sentar en el banquillo a la Infanta hermana del Rey Felipe VI.

El artículo 124 de la Constitución establece que el ministerio fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tienen como misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social conforme a los principios de legalidad e imparcialidad.

¿Por qué se produce este conflicto tan arduo por el que el ministerio fiscal en vez de cumplir con su misión ataca al juez instructor? A mi juicio, porque el fiscal general del Estado es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial. Es una línea jerárquica vertical que ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia.

La solución es tan urgente como necesaria para apuntalar de una vez por todas nuestra democracia a través de una auténtica aplicación y progreso del principio de separación de poderes.

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