La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Historiador

II Centenario de la desobediencia de Illas contra Avilés

El germen de la independencia del concejo más pequeño de la comarca

Concluye este año 2016 en el que han acontecido, como siempre, distintos sucesos. No sobra terminar el año acercándose a la historia más próxima de nuestra localidad para recordar un hecho del que se cumplen exactamente hoy dos siglos; se trata de la desobediencia de don Domingo González Casadonga como alcalde electo nombrado por Avilés para el concejo de Illas en un día como este pero de 1816.

Hablar de la historia de Illas es discursar en paralelo de la de Avilés. Desde 1309, Avilés disponía de Illas como alfoz o pedanía, y así fue hasta 1835 en que se independizó. La historia de ambas localidades, desde el medievo hasta la contemporaneidad, ha sido una historia de desencuentros y deseos de independencia de los illenses frente a Avilés. Para comprender la atmósfera de los acontecimientos de hace ahora 200 años bueno es invocar el ambiente del momento.

Los hechos suceden en un contexto histórico general denominado Sexenio Absolutista de Fernando VII, quien anuló los avances de la Constitución de Cádiz de 1812, progresista, liberal y a favor de la autonomía de los concejos. Desde que concluye la guerra contra Napoleón (1814) se esperaba la implantación del liberalismo en España, sin embargo, se restauró el absolutismo. Pero los defensores del liberalismo no darían marcha atrás, como se vio en los pronunciamientos o golpes de estado, fallidos, que hubo desde 1815 a 1820, momento en que el general Riego triunfa y se abre el Trienio Liberal (1820-1823).

En este ambiente, ya a finales de 1815 las tensiones entre ambos concejos eran tales que intervino la Real Audiencia del Principado parra recordar a Illas cuáles eran las competencias del alcalde de Avilés, las cuales dejaban a los illenses sometidos al regidor avilesino. Pero al año siguiente, el día de San Silvestre de 1816, siendo alcalde de Avilés don José María Argüelles y Trelles, se convocó un pleno extraordinario en las consistoriales de Avilés para actuar contra la decisión del alcalde electo de Illas y otros regidores que acordaron no presentarse para el año venidero de 1817 a tomar la posesión, previo juramento del oficio, en Avilés.

De este modo, los alcaldes electos de Illas y Castrillón se negaron a tal protocolo por entender que eran alcaldes ordinarios de sus respectivos concejos, siendo el electo de Illas don Domingo González Casadonga que sucedía a don Pedro Fdez. Arango, quien ya había dado problemas. Fue así como el entonces regidor de Avilés, Argüelles Trelles, afirmó en el Pleno que "la acción de Illas es un mal ofensivo a la jurisdicción, usos y costumbres de Avilés". Con todo, más contundente fue el procurador síndico José Fernández Blanco, quien en su intervención condenó contundentemente la acción protagonizada desde Illas al afirmar que "la junta celebrada en Illas es un atentado a los derechos y jurisdicción de Avilés, es un acto escandaloso y subversivo del orden y costumbre inmemorial, y se trata de una conjura a la autoridad legítima desafiándola violentamente. Es una usurpación maquinada de antemano, ya que los concejos de Illas y Castrillón no lo son ni han sido nunca tales, no son concejos libres, son subalternos y dependientes del de Avilés, formando con él una sola jurisdicción ordinaria, subdividida por los alcaldes pedáneos residiendo uno en Illas y otro en Castrillón, y el juez de todo este territorio en Avilés".

Junto a esta intervención que pide 200 ducados de multa al electo de Illas, los concejales avilesinos invocaban como base legal contra la acción de Illas la inexistencia de documentos que legitimaran tal desobediencia, así como la existencia fehaciente de Reales Órdenes a favor de Avilés. Las palabras del Síndico muestran la afrenta que suponía para Avilés la negativa a recibir la vara de mando por parte del alcalde de Illas en Avilés.

En toda esta situación se convocó nuevo Ayuntamiento para el día siguiente, 1 de enero de 1817, al objeto de dar los nombramientos de oficios y empleos para todo el año recién iniciado como era costumbre, pero González Casadonga no se presentó a la posesión persistiendo contumazmente en su posición, y sí cedió en su postura el de Castrillón que sí se presentó y fue posesionado. De este modo Illas tensaba más la cuerda de las relaciones con Avilés.

El efecto que tuvo la conducta díscola del electo de Illas fue un nuevo litigio entre Illas y Avilés ante la Real Audiencia, en los primeros meses de 1817. La Audiencia recibió al Síndico de Avilés, quien esgrimió como argumento para que Avilés continuase nombrando alcaldes el privilegio de Fernando IV (1309) y las Concordias de 1348 y 1386. La Real Audiencia favoreció, una vez más, a Avilés, conminando al alcalde de Illas a que se personase en la Villa de Avilés, jurase sus oficios, tomase la vara de mando y diera el yantar de vino y bizcochos. Pero desde Illas no se obedeció y aquel 1817 el concejo no tuvo alcalde. Sí al año siguiente y en los que sucedieron, no sin controversia en algunos de ellos. Finalmente, como es sabido, Illas será independiente en el contexto histórico del liberalismo, ya en 1835.

Compartir el artículo

stats