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Diario de a bordo / El irredentismo comarcal (XVI)

La ubicación del fondeadero de San Juan de Nieva

El protagonismo de la Real Compañía en la política local de Castrillón y en los conflictos de lindes con Avilés

Vimos en el episodio anterior que, el 14 de noviembre de 1833, se promulga la Real Orden por la que se otorga a la Real Compañía Asturiana de Minas una extensa concesión minera que le permite asentarse en la comarca. Desde ese momento, se va a convertir en un actor fundamental de la vida en la zona, porque sus intereses primarán por encima de otras consideraciones. Así, las injerencias de la Compañía en la gestión y vida del Ayuntamiento de Castrillón van a ser constantes, resultando habitual que sea la empresa la que, salvo alguna excepción, designe o intervenga en el nombramiento de alcaldes en el concejo hasta fechas incluso relativamente recientes.

En los pleitos por la delimitación territorial y deslindes con el Ayuntamiento de Avilés, será la Real Compañía la que lleve la batuta, por dos cuestiones fundamentales, porque eran sus intereses en la zona del puerto los que estaban en juego y porque, como queda explicitado no solo en la correspondencia que conocemos, sino en las propias actas del municipio de Castrillón, es la propia Corporación de este concejo la que solicita la ayuda y asesoramiento de la Compañía para orientar y solicitar "apoyos mayores" en los pleitos. Dicho de otra forma, era la Real Compañía la que dirigía las acciones para que los terrenos de San Juan de Nieva no escapasen a su control, o lo que es lo mismo, de la jurisdicción de Castrillón. Solo al objeto de ilustrar las dos afirmaciones anteriores citar la "carta conservada en los Archivos de la Real Compañía, de 20 de diciembre de 1916 en la que el Alcalde de Castrillón solicita apoyo de la Compañía a propósito del pleito que sostenía la Corporación con el municipio de Avilés sobre la delimitación de la dársena de San Juan de Nieva".

O también el "Acta del Pleno de 29 de enero de 1921 del Ayuntamiento de Castrillón, en el que se acuerda por unanimidad otorgar un voto de confianza al Director de la Real Compañía por las acertadas gestiones y sincera defensa que ha realizado para procurar una beneficiosa atención a los intereses generales del Concejo sobre el pleito contencioso administrativo que el Ayuntamiento viene realizando con el de Avilés".

Habíamos dicho que uno de los actores fundamentales en el juego de la apropiación de los terrenos públicos en relación con las marismas, fue la Real Compañía Asturiana de Minas que, según confirman Ramón María Alvargonzález y Maximino Roza refiriéndose a esta Corporación "...fue una empresa muy influyente que condicionó las iniciativas municipales, aunque sus promociones directas se centraron al fondeadero de San Juan de Nieva, donde tenía una terminal ferroviaria y un embarcadero". También que el 5 de enero de 1835 la RCAM realiza el primer porte de carbón, en carros, hasta el embarcadero construido para tal fin en San Juan de Nieva, tras el permiso correspondiente otorgado por el Ayuntamiento de Avilés. Fueron 50 quintales, unos 2.300 kilogramos; a este porte seguirán los que se hacen el resto del año, todos en carros, hasta que se decide construir un embarcadero en Arnao y adquirir gabarras para ese transporte, dado el costo tan elevado que significaba el acarreo por tierra.

Sin embargo, dado que el topónimo de San Juan de Nieva lo encontramos tanto en la margen izquierda como en la derecha de la ría, cuando se está diciendo que el carbón se embarca en San Juan de Nieva, ¿a qué margen de la ría nos estamos refiriendo? No parece probable que los carros, cargados de carbón salidos de Arnao, llegasen hasta Avilés para, atravesando el puente de piedra de los pilares, pasasen a la margen derecha de la rían en San Sebastián y, desde allí, bordeando el estuario, llegasen hasta casi la bocana para hacer los embarques. El sentido común nos indica que, por una simple cuestión de distancia, parece más lógico que el carbón se acercase hasta los márgenes orientales del Espartal, en la margen izquierda, donde está ahora la Dársena para, desde un rudimentario muelle embarcar allí el mineral. A esta conclusión llega Guillermo Morales Matos, profesor de la Universidad de Oviedo, en su libro "Industria y espacio urbano en Avilés". También Paz Benito del Pozo, en su trabajo "Intereses creados en las zonas portuarias con actividad industrial. El caso de la RCAM y la Junta de Obras del Puerto de Avilés (1915-36)", publicado en la Revista Ábaco.

El también profesor de la Universidad de Oviedo Miguel Calleja Puerta, en su libro "Portus", publicado con motivo del centenario de la Autoridad Portuaria, coincide con los dos investigadores anteriores cuando afirma: "...Entre 1835 y 1836 se adquieren varias lanchas y se construyen sendos embarcaderos en Arnao y San Juan de Nieva... Sin embargo, difiere de ellos en cuanto a la margen de la ría en la que sitúa a San Juan de Nieva. En la obra citada escribe que "...en 1839 ya posee la compañía algunos almacenes en el fondeadero de San Juan en la margen derecha de la ría..." y también subraya que "...en 1841 el ayuntamiento habilita que se pueda construir allí mismo una línea de almacenes y viviendas, y también un paredón y terraplén en forma de muelle para las cargas y descargas frente a los almacenes..." y sigue diciendo que "...aunque hay varios autores que suponen que el embarcadero estaba en la margen izquierda... hay que recordar que el túnel y la vía no llegan hasta los años cincuenta, por tanto su primer embarcadero está en la margen derecha".Por su parte, el doctor Julio López Peláez, en su recientemente publicada obra titulada "El estuario de Avilés" afirma, coincidiendo con Miguel Calleja que,"? en 1836 se produce la construcción de un embarcadero, lo que supondría la primera ocupación por parte de la RCAM en el estuario. Se situaba en el fondeadero de San Juan de Nieva, margen derecha, ocupando una playa estuarina, en la bahía".

La contradicción está servida, y es importante resolverla, porque si los permisos que expide el Ayuntamiento de Avilés se diesen sobre obras en la margen izquierda, estaríamos reconociendo que Avilés tenía jurisdicción sobre ese territorio, aún después de producirse la segregación del concejo de Castrillón a partir de 1835.

Pues bien, subrayar que la confluencia del arenal del Espartal con el estuario en la margen izquierda se denomina desde tiempos inmemoriales San Juan de Nieva. Así lo atestigua la intervención del Alcalde de Castrillón ante el Pleno de su Ayuntamiento el 3 de agosto de 1900, cuando afirma "...la conveniencia de tener un sitio en El Espartal, vulgo San Juan de Nieva, con objeto de poner una caseta para la recaudación de consumos...".

José Ramón García López, en su libro "Asturiana de Zinc, una historia a través de tres siglos" reseña refiriéndose al carbón embarcado desde 1935 procedente de Arnao que "?el embarque se efectuaba en la entrada de la ría de Avilés, en San Juan de Nieva donde la Compañía había habilitado un embarcadero con esta finalidad...".

En el año 1854, una Real Orden, de 30 de septiembre, autoriza a la Real Compañía para que construya una oficina de beneficio de minerales de Zinc en el valle y colinas del cuerno y arenal del Espartal, y la consiguiente compra por parte de ese arenal. En el ya mencionado libro de José Ramón García López se recoge sobre el particular que:

"Una de las primeras acciones de la Compañía a partir de 1854 será el trazado de vías férreas para unir las minas con la fábrica y con el embarcadero de San Juan de Nieva".

Es decir, que el embarcadero de San Juan de Nieva, en la margen izquierda, es anterior a 1854, según la versión de José Ramón. Pero lo que resulta definitivo es el contenido de la sentencia de la Audiencia de Oviedo del año 1899: "El Ayuntamiento de Avilés contra el de Castrillón y la Administración sobre Deslinde de términos Jurisdiccionales" redactado por el Secretario de la Audiencia señor García Arango, en el apartado "Prueba del Ayuntamiento de Avilés", que recoge, entre otras cosas, lo siguiente:

"...que en 2 de octubre de 1841 D. Adolfo de Soigne solicitó permiso de la Corporación Municipal de Avilés para hacer en el puerto de San Juan de Nieva un embarcadero de carbones que producían las minas de Arnao de que era Director...". "...en sesión que el Ayuntamiento de Avilés celebró en 12 de Enero de 1842 acordó suspender la cobranza de los 17 maravedíes y adoptó otras medidas para procurar arbitrios con que atender a la limpieza del repetido puerto de San Juan...". "...en 27 de diciembre de 1842 don Pedro Duberger, Director de la fábrica de Arnao, dirigió una instancia al Ayuntamiento de Avilés manifestando que se proponía traer carbones al embarcadero de San Juan de Nieva y solicitó permiso de la Corporación para establecer en el mismo un almacén, autorización que le concedió el Ayuntamiento por acuerdo del día siguiente...".

Todos estos argumentos los exhibe el Ayuntamiento de Avilés ante la Audiencia, como prueba para defender su jurisdicción sobre la margen izquierda de la ría, que estaba en litigio con Castrillón, léase con la Real Compañía, desde el deslinde de 1883. Por tanto, y en base a las declaraciones del propio Ayuntamiento avilesino, debemos situar el embarcadero de carbones de la Real Compañía, de forma indubitada, en esa margen izquierda de la bocana de la ría de Avilés.

Así sucedió, así se lo he contado a ustedes, y así queda anotado en mi Diario de a Bordo. Pero la historia continúa...

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