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Abogada

Delitos y castigos: lo que nos cuesta cada preso

Los números confirman la ineficacia de muchas de las penas del actual ordenamiento jurídico

Se acaban de conocer las cifras sobre la población reclusa en España: en diciembre de 2015, habitaban en nuestras cárceles 61.611 reclusos, lo que supone que por cada 100.000 habitantes, hay unos 131 personas privadas de libertad. Las cifras llaman la atención porque, según un informe publicado por el Consejo de Europa en 2014, España era el segundo estado miembro con mayor número de población carcelaria, cuando, curiosamente, es uno de los países con mayores índices de seguridad, pues la tasa de criminalidad se sitúa en 45 delitos por cada 1000 habitantes, frente a la media europea que son 62. Valorando estas cifras, la conclusión es tajante: en nuestro ordenamiento jurídico acudimos en exceso al recurso de la pena de prisión como castigo, lo que, partiendo de que cada preso nos cuesta a los españoles unos 65 euros al día (calculen, los nada desdeñables 23725 euros al año) no estaría de más introducir los criterios de razonabilidad y proporcionalidad a la hora de decidir qué conducta merece una u otra sanción.

El propio Consejo Europeo recomendaba a España ampliar el recurso de otro tipo de penas como localización permanente, los arrestos de fin de semana o las multas, pues la imposición de una pena de prisión para determinadas infracciones no suele ser una respuesta eficaz. A las cifras anteriores hay que sumar lo que supone al Estado la reinserción de una persona que ve interrumpida su vida laboral y que, al recuperar la libertad, pasará a ser -la práctica así lo confirma en la mayoría de los casos - un dependiente del sistema de ayudas y subvenciones públicas.

Obviamente hay determinados delitos que exigen apartar al responsable de la sociedad y en los que la pena de prisión es absolutamente proporcionada - cualquier delito violento, por ejemplo - pero pequeñas infracciones económicas o de otra índole en los que el daño sea fácilmente reparable, deberían obtener una respuesta que haga al culpable corregir su conducta, mermando su libertad para que asuma un castigo - prisión de fin de semana , por ejemplo - pero sin convertirse en la carga que supone el mero ingreso en prisión, que de por sí no garantiza el resarcimiento a los perjudicados, ni mucho menos la gestión eficaz de esa privación de libertad de cara a una reinserción. Los que nos dedicamos al derecho penal sabemos que la cárcel es sin duda la mejor escuela del delincuente. Lo que conviene también valorar, es que, además, esa escuela la pagamos todos.

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