La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Remembranza del sínodo diocesano de 1886

Descripción de los usos y costumbres eclesiásticos que estuvieron vigentes en Asturias hasta hace pocas décadas

Los días 1, 2 y 3 de septiembre de 1886 se celebró en Oviedo un sínodo diocesano con la finalidad de revisar doctrinas, fijar criterios y uniformar teorías y opiniones. Un sínodo era la asamblea del clero de una diócesis, convocada y presidida por el obispo para tratar temas relacionados con la misma. Éste fue el número 47 de todos los celebrados en nuestra diócesis a lo largo de los siglos. El primer sínodo se considera que fue el convocado por el obispo Pelayo en el año 1115. El último celebrado por la Iglesia de Asturias fue entre 2007 y 2011, con 438 grupos de trabajo, los cuales formularon 18.000 propuestas. Obispos hubo que llegaron a convocar hasta 14 sínodos en sus pontificados, como hizo Bernardo Caballero de Paredes entre 1642 y 1669.

Centrémonos hoy en el de 1886, celebrado bajo los auspicios del obispo Fray Ramón Martínez Vigil, dominico e impulsor de la construcción de la Basílica de Covadonga, el cual declaró que a partir del 1º de octubre de 1887 eran de obligado cumplimiento en toda la diócesis las constituciones sinodales que habían sido aprobadas "con el aplauso de todos los padres allí presentes". Nada se dejaba atrás en estos sínodos o magnas asambleas, de modo que hasta 52 fueron los capítulos sobre los que se dieron normas y preceptos. Todo se pasaba por la lupa que acrisolase las posibles desviaciones surgidas desde el anterior sínodo. Al de 1886 asistieron -en la Santa Iglesia Catedral Basílica Metropolitana de Oviedo- 242 representantes del clero asturiano, canónigos, beneficiados, arciprestes y otros. Parres estuvo representado por el párroco de San Martín de Cuadroveña, don José Palomo; el de Cofiño, don Juan A. Quintanal, y el de Collía, don Leonardo Pertierra.

Veamos algunos ejemplos espigados de entre los cientos de ellos emanados de aquella asamblea de hace 130 años.

Quedaba prohibido a todos cuantos perteneciesen a la Iglesia -tanto escritores como publicistas, sacerdotes o laicos- que interpretasen, comentasen o explicasen en la prensa las encíclicas o constituciones que el Papa dirigiese a los obispos, puesto que sólo a éstos últimos les correspondía ese derecho, ya que "fueron puestos por el Espíritu Santo para regir la Iglesia de Dios".

Se afirmaba que los niños que muriesen sin bautizar quedarían para siempre privados de la vista y posesión de Dios, pero se presionaba a los curas excesivamente ortodoxos en esta materia para que se abstuviesen de afirmar nada acerca de las penas que estos niños pudiesen padecer en el otro mundo, "puesto que la Iglesia nada ha definido sobre esa materia". Referente a la confesión, los curas ordenados como tales debían acudir los seis años siguientes a su ordenación a examinarse de teología moral, a fin de que el obispo pudiera cerciorarse anualmente de la idoneidad de aquellos para administrar el sacramento de la penitencia. Si así no lo hacían, quedaban ipso facto suspendidos para oír confesiones. Las mujeres debían confesarse en horas diurnas, y en caso de que alguna fuese sorda lo haría en la sacristía, pero con la puerta entreabierta. Estos curas debían, asimismo, acudir al obispado con dos sobres cerrados, en uno de los cuales su arcipreste o párroco informaba de la vida y costumbres del interesado y en el otro testimonio firmado y sellado por su propio confesor, señalando la frecuencia de confesiones que hacía el portador de la carta. Las rejas de los confesionarios debían ser de madera o de chapa de metal tan tupidas que no cupiese un dedo por ellas. Referente a la comunión: "Corrijan y amonesten a los negligentes que no comulguen al menos una vez al año y dennos cuenta de los que se obstinen en no acercarse al banquete de los Ángeles, ni aun en el tiempo que la Iglesia lo prescribe". Para facilitar el conocimiento de quienes cumplían con este precepto anual sólo podían comulgar en la propia parroquia; el cura les daba una papeleta de examen de doctrina cristiana al finalizar la confesión, la cual debían entregar y devolver al sacristán en el momento de comulgar. Advertía el obispo que dicha papeleta debía estar firmada con pluma y no con lápiz, para que no fuese fácil falsificarla, constando además el nombre del interesado y la palabra "confesó". En los numerosísimos días festivos que había a lo largo del año cesaba toda ocupación y trabajo mecánico y servil, estando prohibido abrir las tiendas -excepto boticas, barberías y puestos de comestibles-, concurrir a mercados y hacer viajes largos sin legítima necesidad. Aquellos que trabajasen u obligasen a sus dependientes y oficiales a hacerlo eran castigados con la privación de la absolución cuando fuesen a confesar. Se aconsejaba a los párrocos que desterrasen el abuso que convertía las tardes de las grandes solemnidades de la iglesia en fiestas profanas, con pasatiempos peligrosos y hasta con bailes y borracheras. Por ello se procuraba que "las gaitas que tocan por la mañana en las iglesias y sirven después para profanar la fiesta debieran ser desterradas". Y esto último no sólo era consejo y práctica de hace 130 años, sino que lo hemos visto cumplirse en Arriondas hasta hace tan sólo 36 años, cuando a las bandas de música que acompañaban a la muy celebrada Santa Rita se les prohibió acudir a su misa y procesión si después estaban contratadas para la romería y verbena correspondientes. Hablando de procesiones, quedaba prohibido pedir permiso a las autoridades civiles para celebrarlas por las calles y plazas públicas, y si así se les solicitaba debían ser personas particulares y en nombre propio las que pidiesen el permiso, pero nunca en nombre de la Iglesia.

La costumbre de la separación de sexos dentro de las iglesias ha llegado hasta pocas décadas atrás. Los varones ocupaban la parte derecha o del evangelio, que era la preferente, mientras a las mujeres y a las niñas el cura las veía a su izquierda, la de la epístola, secundaria en el -llamémoslo así- protocolo eclesial.

Se dictaron normas para la celebración de entierros y funerales, prohibiéndose a los curas utilizar los cementerios para dar sepultura a "infieles, herejes, apóstatas y cismáticos, a los excomulgados y a los que mueran en lugar entredicho". En cuanto a los suicidas, solía también hacerse prohibición de sepultura dentro del camposanto, aunque había excepciones para algunos casos dudosos. Si un cura facilitaba o participaba en un entierro civil era inmediatamente suspendido de sus funciones. Había entierros de primera, segunda y tercera clase, según los aranceles a percibir, curas a celebrar las exequias, número de velas encendidas, etc. Se aconsejaba a los curas que no se fiasen del juez municipal, que se cerciorasen de que el difunto había muerto realmente y que esperasen 24 horas tras una muerte ordinaria y 48 en caso de muerte repentina, o en la de las mujeres de parto. En los funerales, aniversarios y sufragios sólo se podía cantar gregoriano, sin música de órgano, aunque podía utilizarse el armonio o el bajón si lo hubiese.

Cuando la extensión o importancia del cementerio lo permitiese, debían hacerse separaciones dentro del mismo. El lugar preferente era para los eclesiásticos fallecidos; después para los niños bautizados que muriesen antes del uso de razón; el tercer lugar estaba reservado para los adultos de pago con zonas de primera, segunda y tercera clase; iban en cuarto lugar las sepulturas de pobres y -por último- un espacio no bendecido para enterrar niños, hijos de padres católicos, que hubiesen fallecido sin bautizar. Excepto los muy ricos que tuviesen panteones privados, los demás se inhumaban en el suelo, en fosas de metro y medio de profundidad.

No conviene alargar más este resumen de las muy amplias y pautadas constituciones sinodales que la diócesis de Oviedo tuvo vigentes hasta al menos el año 1923, cuando se celebró el siguiente sínodo en el que -en esencia- pocas cosas cambiaron respecto al anterior, y así hasta bien avanzado el siglo XX.

Compárense aquellas normas de obligado cumplimiento con las actuales. Ni la Iglesia, ni sus fieles, ni la sociedad, ni hábitos y costumbres se asemejan en nada a los de no hace tantas décadas atrás? afortunadamente.

Compartir el artículo

stats