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Ramón Díaz

Orientalia

Ramón Díaz

Denso, pero interesante

Denso sí, pero interesante el juicio penal del "caso Kaype". Se habló mucho del artículo 113 del texto refundido de las disposiciones legales en materia de ordenación del territorio y urbanismo, conocido como TROTU, que determina qué terrenos son suelo urbano. Pero se habló poco o nada del 114, que explica las diferencias entre el suelo urbano consolidado (solar) y el no consolidado. En el apartado 4 dice: "tendrán la consideración de solar las superficies aptas para la edificación que reúnan los siguientes requisitos: a) Que estén urbanizadas con arreglo a las normas mínimas establecidas en cada caso por el Plan General de Ordenación. Si éste no existiere o no las concretare, se precisará que además de contar con acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica, la vía a que la parcela dé frente tenga pavimentada la calzada y encintado de aceras".

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