Hides Asturias ha comunicado a sus asociados que el salario de higienista bucodental queda fijado en 1.151,46 euros para 2021. Los servicios jurídicos del órgano profesional asturiano han armonizado normas, situación y cálculos para ofrecer la actualización salarial con respecto a la legalidad vigente, que incluye prórroga de convenio, y la no publicación por pate de la Administración central (ni BOE, ni BOPA) de las tablas salariales, ni las previsiones de inflación del Gobierno, una cuestión que no avanza en los Presupuestos General del Estado desde el año 2008-. Tan solo es el INE, a través de sus notas de prensa, quien publica contenido oficial a este respecto.

Los servicios legales de Hides explican que hasta el momento el convenio que se aplicaba al sector de clínicas y consultas de odontología es el de 2008 que se encuentra prorrogado. En virtud del artículo 4 de dicho convenio, se especifica que la garantía del incremento salarial se regulará en conformidad con el objetivo de previsión de inflación del Gobierno. En el artículo 28 de este mismo convenio, se garantiza el incremento salarial en caso de que se encuentre prorrogado el convenio como así sucede; y se fija una cláusula de revisión salarial de manera expresa. Por eso, las tablas salariales se actualizan en función de la inflación, lo que quiere decir, que, en este caso, el nuestro, sí concurre que esa actualización salarial sea aplicable más allá de la vigencia del convenio.

Desde el punto de vista legal se argumenta, además, que no se están publicando ni en el BOE ni en el BOPA la actualización de las tablas salariales del convenio, y que se acude a las notas de prensa oficial del propio Instituto Nacional de Estadística (INE), donde se publica la tasa anual del indicador adelantado de la inflación, junto con la actualización de rentas; por lo tanto, son datos oficiales y válidos en la vía jurisdiccional. Siguiendo con este hilo explicativo, el convenio dispone que deberán actualizarse los salarios con la previsión de la inflación del gobierno, pero el gobierno no publica desde el ejercicio 2008 2009 esas previsiones; es solo el INE, a través de sus notas de prensa el canal oficial.

Por todo ello, legalmente se interpreta que la regulación del incremento salarial debe hacerse con la previsión de inflación del gobierno y no con el IPC. La diferencia estribaría en que la inflación es un dato que puede variar a lo largo del año, mientras que el IPC se conoce con posterioridad. Y precisamente por eso, solo se utiliza el IPC para la cláusula de revisión salarial, como un mecanismo corrector de la posible desviación que pueda sufrir la previsión de inflación, que intenta beneficiar al trabajador.

En conclusión, la inflación anual prevista en enero de 2021 es del 0,6 %, siendo ese el porcentaje en que se tiene que incrementar el salario de las higienistas. Por lo que para este año el salario base son 1.151,46 €. Al finalizar el año habrá que ver cuál fue el IPC y, si fue superior a la inflación, abonar la diferencia al trabajador. El IPC debe tenerse en cuenta solo para eso, para ver si hay incremento respecto a la inflación prevista, porque se quiso tomar como índice para actualizar los salarios la previsión de inflación y no el IPC.

Desde Hides Asturias hemos creído que es importante aclararlo y publicarlo para que se vea cómo es el procedimiento de cálculo y que queda siempre dentro de la norma.

Hides Asturias dispone de asesoría legal gratuita para sus asociados. Se contacta a través de: secretaríatecnica@hidesasturias.com