Madrid / Oviedo,

Agencias / M. P.

El Tribunal Constitucional ha fallado que no se puede suspender la ejecución de una sentencia firme de derribo sólo porque estén planificados cambios en la norma urbanística que legalicen lo construido. El Constitucional se pronuncia en estos términos sobre la polémica construcción de El Pontón, en Siero. La sentencia puede tener repercusión también en Cantabria, donde el Gobierno intenta legalizar una veintena de urbanizaciones que han recibido también sentencia de derribo. Además, el pasado mes de octubre el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía se pronunció en términos similares al Constitucional para ratificar el derribo de la casa de Antonio Banderas, haciendo alusión también a la polémica jurídica en torno a la urbanización de Siero.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias decidió en 2009 suspender la sentencia de derribo dictada en 2001 contra un chalé en El Pontón porque el Ayuntamiento de Siero le había informado de que estaba tramitando una reforma de su plan general de urbanismo que podía legalizarla. En este caso el TSJA sentenció que aunque la sentencia había sido declarada firme por el Supremo, convenía otorgarse un «plazo prudencial» para examinar si la situación legal de esa vivienda podía cambiar con la futura reforma del plan general de Siero. Ahora el Tribunal Constitucional sostiene que esa medida vulneró el derecho de la tutela judicial efectiva de quien denunció una irregularidad urbanística, obtuvo una sentencia que le dio la razón en sus planteamientos y pidió que se hiciera cumplir. El Constitucional admite que una modificación normativa sobrevenida puede ser causa para examinar si una sentencia se ha convertido en «inejecutable», pero no acepta suspender la ejecución por «meras expectativas de futuro».