Oviedo, L. Á. VEGA

El adjunto al director de la Agencia Española de Protección de Datos, Jesús Rubí Navarrete, ofreció ayer una charla en el Auditorio de Oviedo organizada por el Club de Empresarios FED y la red de centros SAT, con el apoyo de diversas firmas, entre ellas el despacho de abogados Queipo y Riego. Rubí aseguró que la prioridad de la Agencia es evitar que los menores de 14 años sean miembros de redes sociales, y advirtió del riesgo de las redes tipo eMule para las empresas que no hayan adoptado sistemas de seguridad en sus sistemas informáticos.

-¿Es legal ese continuo bombardeo de publicidad vía email?

-Con el correo electrónico se puede hacer publicidad hasta inventándose las direcciones. Tiene un coste muy bajo. Se exige un consentimiento previo y expreso por parte del usuario, aunque hay excepciones. En cualquier momento tengo derecho a oponerme a recibirla.

-El Ayuntamiento de Oviedo fue expedientado por ceder datos del padrón a la empresa de recaudación. ¿No es chocante?

-Desde luego, pero tienen un peso más relevante las infracciones de entidades privadas, especialmente el sector de las telecomunicaciones y las entidades financieras.

-¿Puede uno impedir que le manden publicidad?

-Están previstos los ficheros de exclusión, coloquialmente «listas Robinson», en los que uno se puede incluir para impedir que le envíen publicidad. El año pasado hemos estado trabajando ya con la Federación Española de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD), que ha puesto en marcha una «lista Robinson». Ya tiene 110.000 personas inscritas. Uno accede a la página de FECEMD y puede pedir que no le envíen publicidad por correo, teléfono, correo electrónico o SMS. Se pueden incluir varios teléfonos o correos.

-¿Cómo consiguen las empresas esos datos?

-Hay una parte que se obtiene a través del tráfico ilegal de datos. Por ejemplo, personas que han obtenido los datos del censo electoral y los han utilizado para hacer publicidad. Pero también hay otros canales, como cuando suscribimos contratos de adhesión con una empresa de telecomunicaciones, del suministrador del gas o de energía. No solemos leer con detalle las cláusulas y estamos otorgando unos consentimientos de los que luego nos arrepentimos. Y hay también unas fuentes accesibles, como son las guías telefónicas.

-¿Qué problemas plantean las redes de intercambio de archivos P2P, como el popular eMule?

-Tienen que ver con falta de medidas de seguridad. Nos hemos encontrado con casos de trabajadores de una empresa o una administración pública que se descargan archivos, música, películas, vídeos o juegos de redes P2P mientras trabajan. Parte de los archivos de la empresa acaban en internet. Hemos tenido casos realmente graves, como el de un trabajador de una clínica ginecológica que facilitó el paso a la red de los historiales de más de 4.000 mujeres que habían abortado. La Agencia ha sancionado a la empresa por no haber adoptado medidas de seguridad.

-¿Y los derechos de autor?

-Hay distintos modelos para protegerlos. El que está planteando el Gobierno trata de penalizar a aquellas personas o entidades que hacen negocio con la distribución. Si son empresas, no entran dentro del ámbito de la ley de Protección de Datos, porque ésta protege a las personas físicas. Se ha planteado que, para proteger esos derechos, se pueden rastrear las direcciones IP de los usuarios que descargan. Las agencias de toda Europa entendemos que esas direcciones IP son datos personales. Si la Sociedad General de Autores (SGAE) quiere rastrear esas direcciones, tiene que tener una legitimación, una habilitación legal. El director de la Agencia plantea que el legislador busque un sistema equilibrado que permita ver en qué medida se puede rastrear y con qué garantías.

-¿Por qué no puede uno borrar su partida de bautismo?

-Hubo un grupo de unas 2.000 personas que ejercieron el derecho de cancelación respecto a los registros de bautismo. La Agencia resolvió que esos registros recogían un hecho histórico, que no se podía borrar, pero que cabía la posibilidad de añadir una anotación marginal para indicar que esa persona no quería pertenecer a la Iglesia. Estas resoluciones fueron confirmadas por la Audiencia Nacional, pero el Supremo entendió que los registros de la Iglesia no son un fichero organizado, por lo que estarían excluidos de la ley de Protección de Datos.

-Cada vez hay más quejas sobre internet, las redes sociales...

-En los servicios de internet gratuitos el precio es la privacidad. En las condiciones de uso se establece que la entidad pueda hacer un perfil del usuario para remitirle publicidad personalizada. En cuanto a las redes sociales, la prioridad de la Agencia es obligarlas a que impidan que los menores de 14 años, que no pueden dar su consentimiento, sean miembros. Las políticas de privacidad son por defecto, se comparte información en un ámbito más amplio de lo que uno querría. Hay que exigir garantías en la protección de datos tanto a Facebook y Tuenti como a los usuarios, que incorporan información de terceros que no son miembros.