Oviedo

Ramón del Riego Alonso, Consejero de Hacienda y Sector Público, al amparo de lo previsto en el artículo 1 de la ley orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación, y en relación con el artículo publicado el pasado jueves 26 de abril, bajo el titulo «Del Riego no sabe», manifiesta lo siguiente:

«1. El CAST es un Consorcio con personalidad jurídica propia, patrimonio y tesorería propios, administración autónoma y tan amplia capacidad jurídica como requiera la realización de sus fines, no encontrándose entre estos la gestión ni la financiación de los telecentros municipales. En consecuencia, el CAST no tiene vinculación jurídica ni económica con los telecentros, siendo estos de titularidad y gestión municipal.

»2. La relación entre el Principado de Asturias y los ayuntamientos titulares de telecentros se canaliza a través de la Consejería de Economía y Empleo, que subvenciona, de acuerdo con sus disponibilidades y sin que exista ninguna obligación previa, directamente a estos Ayuntamientos para garantizar el funcionamiento y operatividad de los telecentros. Resultando la competencia de la Consejería de Economía de lo dispuesto en el articulo 4.4 del Decreto 26/2011) de 16 de agosto, publicado en el BOPA 191) de 18 de agosto.

»3. Contrariamente a lo publicado por ese medio, ante las preguntas efectuadas por los representantes municipales, el Consejero de Hacienda y Sector Público aclaró que las ayudas estaban contempladas en el presupuesto prorrogado de la Consejería de Economía y Empleo, no en el de la Consejería de Hacienda ni en el del CAST. Y que su abono se haría efectivo una vez que estuviera garantizada la estabilidad presupuestaria del Principado en relación a los Presupuestos Generales del Estado actualmente en tramitación. Así mismo, manifestó entender la problemática planteada, ofreciendo su mejor predisposición al diálogo y colaboración para agilizar la gestión de ayudas en el marco de sus competencias como presidente del CAST».