Oviedo, Eloy MÉNDEZ

La Universidad de Oviedo deberá conceder el premio fin de carrera al ex alumno de Gestión y Administración Pública Pablo Álvarez Meana, que inició hace meses una batalla judicial para obtener este galardón después de que el Rectorado se lo denegara al entender que no reunía los méritos suficientes porque su último año consistió en la realización de un itinerario de adaptación entre la antigua diplomatura y el nuevo grado de la especialidad. El Juzgado número 4 de lo contencioso-administrativo ha fallado finalmente a favor del antiguo estudiante al entender que no existe ninguna normativa vigente que apoye la postura de la institución académica. Sus responsables anunciaron ayer que acatarán la sentencia y han ejecutado ya una modificación de los reglamentos para evitar casos similares de ahora en adelante.

Álvarez Meana finalizó en 2010 sus estudios en Gestión y Administración Pública con el mejor expediente de la promoción, al conseguir 35 matrículas de honor. En su momento, obtuvo la mejor calificación de todos los alumnos de la Universidad de Oviedo, pero no pudo acceder al premio general, que concede anualmente Cajastur, debido a que para su adjudicación se emplea un método que pondera las notas en función de la especialidad, por lo que finalmente recayó en un ingeniero industrial.

Meses después, inició un «curso puente» que le permitió pasar de la antigua diplomatura al nuevo grado, creado tras la implantación del nuevo espacio europeo de educación superior -plan Bolonia-. Sus notas, en junio de 2011, volvieron a ser brillantes y le convirtieron en el mejor alumno de su especialidad, pero la Universidad rechazó entregarle el premio fin de carrera al entender que no se podía contabilizar su año de transición. Por este motivo, Álvarez Meana presentó varias reclamaciones ante el Rectorado y, ante el fracaso de sus pretensiones, optó por la vía judicial.

Ahora, el juez David Ordóñez Solís ha dado la razón al estudiante al entender que el reglamento sobre premios extraordinarios de fin de carrera, elaborado en 2005, no recoge ningún apartado que justifique la decisión de la Universidad. «En este caso, por tanto, se ha vulnerado el principio de seguridad jurídica y el derecho de confianza legítima del alumno ahora recurrente, así como de los demás alumnos que hayan obtenido tal titulación», indica el magistrado.

El fallo obliga al Rectorado a concederle a Álvarez Meana el diploma acreditativo del premio fin de carrera, que no lleva aparejada ninguna otra recompensa. Además, ha anunciado que modificará el reglamento vigente para que no se pueda optar a este reconocimiento tras cursar un «año puente», que se impartirá hasta que culmine la adaptación de los nuevos estudios, prevista para dentro de dos años. Por su parte, el alumno señaló ayer que, tras este primer paso, ahora luchará por la obtención del galardón al mejor expediente de toda la Universidad, que sí cuenta con una dotación económica.