El proyecto de reforma de la ley de Costas llegó al Senado precedido por una batería de reproches de procedencias diversas a los que ayer se sumó el Gobierno del Principado. Mirada desde Asturias, observada desde la visión crítica de la consejera de Fomento, Belén Fernández, la modificación legislativa se interpreta como «un atentado normativo al litoral» que en la región, a su entender, quedará amortiguado por la prevalencia del Plan de Ordenación del Litoral Asturiano (POLA).

Al valorar las posibles interferencias entre lo dispuesto en la nueva disposición y los preceptos del POLA, la Consejera entiende que éste «prevalece sobre la norma estatal, puesto que ya tiene la cobertura de una ley autonómica, aprobada por el Principado en el ejercicio de una competencia exclusiva como es la de ordenación del territorio y urbanismo». Belén Fernández promete atención a la aplicación de la ley nacional «y en caso de conflictos, no descartaríamos las impugnaciones», afirma. «Apostar por la protección temprana del litoral ha merecido la pena al no quedar expuestos a la destrucción de este valioso activo», concluye la Consejera. «En otros lugares de la costa española se anuncia la vuelta al terrible imperio del ladrillo».

El plan asturiano, con su franja genérica de quinientos metros de «suelo no urbanizable de costas», adopta una posición mucho menos permisiva que la ley estatal, que rebaja el área de protección de cien a veinte metros en determinadas zonas. En el borrador de la reforma que llegó ayer al Senado, la reducción de la superficie protegida se plantea para aquellos núcleos construidos que no estando considerados como suelo urbano a la entrada en vigor de la norma vigente -de 1988- cuenten con servicios como acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de residuales o suministro eléctrico. Además, y es ésta la excepción flexibilizadora introducida en la propuesta del Gobierno estatal, esos núcleos deben estar edificados en al menos una tercera parte de su superficie en lugar de los dos tercios actuales. Belén Fernández calificó en su día a esta referencia a «terrenos seudourbanos» de «la nueva ocurrencia» del Gobierno del Partido Popular «para legitimar la perpetración de agresiones y fenómenos de sobreexplotación del litoral hoy por hoy incalculables».

Al decir de José Ortega, abogado de la plataforma de afectados por la ley de Costas, el litoral asturiano podría aceptarse por su tipo de poblamiento disperso como «un caso típico en el que la servidumbre de protección a cien metros podría ser discutida» en muchos casos. Pensando en los intereses de los propietarios damnificados, entre ellos algunos asturianos de la playa de Otur (Valdés) o la ría de Villaviciosa, Ortega apunta que la legislación vigente arrastra el lastre de «un error de fondo» que no queda resuelto en la reforma que ahora tramita el Gobierno. «Cuando se exige una calificación de suelo urbano para que la servidumbre sea inferior a cien metros», asegura el abogado, «se olvida a núcleos dispersos que vienen del siglo XIX o antes. Tan antiguos que cuando se originaron ni siquiera se sabía lo que era un plan urbano. Las personas que edificaron sus viviendas allí tenían derecho a hacerlo desde mucho antes que otras que construyeron en núcleos considerados urbanos», afirma, y, sin embargo, por diferentes azares de la planificación territorial han quedado fuera de la ordenación urbanística. Es ese «divorcio entre la España real y la oficial» el que pide una respuesta del legislador.

Dicho eso, la modificación propuesta por el Gobierno del PP adolece, según su criterio, de otro defecto añadido que puede ensombrecer su eficacia y hacer directamente imposible su aplicación. La nueva ley dispone que la franja de protección baje a veinte metros allí donde se haya edificado al menos un tercio de la superficie útil para ello, «pero en muchas ocasiones», precisa Ortega, «no es posible determinar cuál es ese total sobre el que se calcula la tercera parte, porque esos núcleos, precisamente por haber quedado al margen del planeamiento, no están comprendidos en ninguna unidad de actuación cerrada».

La solución del PP es, a su entender, «la propia de gente que tiene un conocimiento superficial». La alternativa que él propone plantea que se otorgue carácter vinculante al informe de la autoridad urbanística a efectos de determinar qué espacios edificados antes de 1988 han de tener la catalogación de suelos urbanos y quedan por tanto afectados por la rebaja proyectada de la servidumbre de protección hasta los veinte metros.