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El Principado tendrá que identificar a los dueños de las fincas recalificadas

El Tribunal Superior reprocha al Gobierno regional el incumplimiento de un requisito "imprescindible" para la "transparencia" en cambios urbanísticos

Vertidos al río Duje, en Tielve, en una imagen de 2012.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha advertido al Principado de la obligación de observar algunos preceptos de transparencia que la Administración ha desatendido en las alteraciones del planeamiento urbanístico. Al estimar el recurso interpuesto por la propietaria de una parcela en Cabrales, la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA advierte a la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) de su deber de identificar a los propietarios de las fincas afectadas por aumentos de edificabilidad o cambios de uso del suelo en los cinco años anteriores a la modificación. La sentencia, que lleva fecha de ayer, recuerda a la administración del Principado que ésta es una exigencia impuesta por el legislador en la búsqueda de "una mayor transparencia" en los procesos de alteración urbanística y reprocha a la CUOTA que no la haya respetado al menos en el caso que motiva la resolución, la alegación de la dueña de un terreno contra un cambio en la normativa urbanística del Ayuntamiento de Cabrales que contó con el visto bueno de la Administración autonómica y que queda anulado.

La resolución desmonta el alegato de la representación del Principado, que argumentaba que la obligación de publicar los nombres de los propietarios de las fincas únicamente es aplicable al planeamiento de desarrollo, sólo a los documentos que ordenan el urbanismo de un área concreta y no a los planes generales de ordenación. El razonamiento se cae, apunta el fallo, porque "no cabe alterar los usos del suelo" a través de los planes parciales. Así las cosas, cuando se evita precisar la identidad de los propietarios sucesivos de las fincas falta "un documento exigido por la ley" y "un requisito imprescindible" pensado además por el legislador para garantizar que en los procesos de cambio de planeamiento se excluye "cualquier atisbo de duda en relación a las intenciones y objetivo que justifican" el abordaje de un aumento de la edificabilidad o densidad edificatoria o una modificación de los usos permitidos en el suelo. La necesidad de extremar la protección sobre la limpieza de estos procedimientos, que han focalizado una porción apreciable de los casos de corrupción urbanística detectados en los últimos años en España, exige estrategias de transparencia, enlaza el texto del fallo, para "evitar un uso desviado de las potestades administrativas en el ámbito urbanístico". En ese terreno, donde el proceder de la administración cuenta además con "grandes dosis de discrecionalidad", la sentencia remarca que "un mayor y mejor conocimiento de los propietarios de las fincas afectadas por aquellos procedimientos administrativos que supongan un beneficio para sus titulares contribuirá a facilitar mayor transparencia y a asegurar que el ejercicio de las potestades administrativas persigue el legítimo fin que ampara su existencia".

De ahí el tirón de orejas del TSJA a la CUOTA, que en su alegato se limita a considerar innecesario el documento que identifica a los propietarios de las fincas afectadas en el asunto que motiva la sentencia y es reprendida por ello. El caso se origina en la modificación de las normas subsidiarias de planeamiento acometida por el Ayuntamiento de Cabrales en septiembre de 2013, que recibió el asentimiento de la CUOTA, con algunas condiciones, en diciembre. El cambio modificaba las exigencias urbanísticas aplicables a las instalaciones de ganadería extensiva y a las queserías y contra él interpuso recurso una vecina, representada por el abogado Raúl Bocanegra. Entre otras especificaciones, la alteración aprobada en el pleno pasaba de requerir 10.000 a 3.000 metros cuadrados como superficie mínima de la finca que puede albergar una explotación de este tipo.

En el contencioso suena de fondo además la controversia abierta en torno a algunos vertidos ganaderos al río Duje y al proyecto para sanear el cauce a su paso por Tielve, objeto a su vez de otro proceso judicial.

En su momento, la modificación de las normas urbanísticas cabraliegas fue aprobada por los tres grupos políticos con representación en el pleno, Foro, PSOE y PP, con el propósito explícito de retirar los escollos con los que tropezaban los vecinos a la hora de instalar explotaciones ganaderas o queserías. El alcalde de Cabrales, el forista Carlos Puente, negó en su momento la acusación de que la alteración de la normativa urbanística del concejo persiguiese beneficiar a personas concretas. El objetivo, dijo entonces en regidor, era garantizar "el bien general" de los vecinos del concejo.

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