El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del plan territorial de tratamiento de residuos, aprobado el pasado 13 de mayo de 2011, al considerar que el Principado no atendió debidamente las alegaciones en el trámite de información pública. La sentencia, contra la que no cabe recurso, desestima así el recurso de casación interpuesto por el Gobierno regional contra la resolución dictada en julio de 2013 por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que estimaba la reclamación presentada por el Colectivo de Vega en Defensa del Medio Rural.

El fallo dictado ahora por el Supremo impone las costas procesales hasta un límite de 3.000 euros a la Administración autonómica y señala que el Principado admitía en su recurso que había incurrido "en un vicio de procedimiento", lo que, a juicio del juez, ya sería razón suficiente para desestimar su solicitud ante el alto tribunal.

El fallo incide además en que, de acuerdo con la vigente ley del Suelo, en un proceso como éste no es suficiente con abrir formalmente un trámite de alegaciones, "sino que es necesario dar respuesta razonada, lo que no se hizo en el caso enjuiciado", tal y como detalla la sentencia.