El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha dictado una sentencia por la que obliga al Gobierno regional a incoar procedimiento sancionador contra la empresa exploraciones Mineras del Cantábrico, filial de Asturgold, en relación a unos vertidos en la mina de oro de Salave.

El fallo estima parcialmente un recurso contencioso administrativo presentado por la Plataforma Oro No contra una resolución de la Consejería de Economía, de marzo de 2014, por la que acordaba la no incoación de un expediente sancionador derivada de las denuncias presentadas por el vertido de químicos y el incumplimiento de las condiciones de autorización de los sondeos.

La Consejería concluyó que no había indicios de la comisión de las infracciones denunciadas tras las diligencias informativas llevadas a cabo por el Servicio de Seguridad Minera de la Dirección General de Minería y Energía.

No obstante, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal asturiano dice que "no comparte" esta conclusión, "ya que ninguno de los testigos se ha desdicho de sus manifestaciones, referidos a la existencia de vertido de lodos en un camino público y de ruidos fuera del horario autorizado".

Por ello, "sin prejuzgar el resultado que sólo puede determinarse luego de la instrucción del procedimiento sancionador", el TSJA concluye que "no cabe duda de que existían indicios claros de la comisión por parte de la empresa denunciada de actuaciones que pudieran suponer incumplimientos de los condicionantes impuestos en la autorización que le permitía realizar los sondeos".

La Sala considera que era "necesaria la incoación del procedimiento sancionador que determinase si tales incumplimientos tienen la entidad suficiente para constituir infracción administrativa y si se dan los requisitos de culpabilidad necesarios".

El fallo recuerda que la potestad sancionadora "no es una facultad discrecional o un privilegio que se le otorga a la Administración, sino una obligación que le viene impuesta por ser el instrumento normal para cumplir con los fines que les son propios, esto es, satisfacer los intereses generales, y ello comporta la necesidad de abrir el procedimiento sancionador siempre que se produzcan indicios suficientes de la comisión de una posible infracción".

Así, el TSJA falla que la Administración regional debe "incoar y resolver con libertad de criterio por su cauce el procedimiento sancionador correspondiente por los hechos objeto de denuncia".

Tras hacer pública la sentencia, la Plataforma Oro No ha pedido al Gobierno regional que sus actuaciones "se atengan a la Ley y defiendan los intereses generales y no los de una mercantil", a la vez que ha solicitado "la dimisión de los responsables" que "impidieron con su actuación que se sancionase a Asturgold".