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Los jueces creen que falta plantilla para aplicar la nueva ley de Enjuiciamiento Criminal

La norma permite a los tribunales superiores de justicia afrontar una segunda instancia para casos que antes iban en el Supremo

Acto del 25.º aniversario del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. N. OREJAS

Una medida razonable y ajustada a derecho pero carente de soporte de personal para ponerla en práctica. Expertos del mundo del derecho y la magistratura realizan una valoración positiva, aunque con matices, de una de las últimas incorporaciones a la ley de Enjuiciamiento Criminal y que implica que las sentencias dictadas por las audiencias provinciales sean recurribles ante las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia. Esta medida sustituye a la posibilidad del recurso de casación ante el Supremo que existía hasta ahora. "Era imprescindible tener una segunda instancia en la Audiencia Provincial", argumenta Julio Martínez Zahonero, coordinador de Jueces para la Democracia, quien opina, no obstante, que la medida dilatará parcialmente los procesos pese a "ofrecer mayores garantías para los acusados".

El cumplimiento de la legislación internacional en materia de derechos humanos es otro de los motivos que aduce el magistrado José Antonio Soto, para la puesta en práctica de esta medida. "Me preocupa si la estructura de la plantilla está diseñada para la carga competencial que asumirá ahora", advierte. Según Soto habrá que valorar si, a futuro, las salas de lo civil y penal se quedarán escasas en su composición al tener que afrontar estos nuevos cometidos. "En Coruña tendrían que asumir los recursos de las cuatro audiencias", plantea el magistrado asturiano. Su compañero y portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, Juan Carlos García, sostiene que difícilmente se hace posible digerir y asumir tantos cambios como los que acompañan a esta legislatura. "Agradeceríamos un respiro" en este sentido, plantea. La última modificación de la ley de Enjuiciamiento Criminal supone la implantación de una segunda instancia penal, como explica Martínez Zahonero, al dar posibilidad de "una revisión más amplia" de los casos que llegan a las audiencias provinciales. "Hasta ahora solo existía la vía de casación", arguye, por su parte, el portavoz en la Asociación Profesional de la Magistratura.

En lo que coinciden todos los expertos es que la modificación normativa se acompaña también de un déficit de recursos instrumentales para que los operadores jurídicos puedan trabajar. El profesor de la Universidad de Oviedo, Carlos Gómez de Liaño, experto en derecho procesal, opina que también existen aspectos positivos en esta nueva ley, como el que tiene que ver con la intervención de las comunicaciones, donde se aporta un matiz extra en ámbito de la seguridad de la información. Que los autos de las Audiencias Provinciales puedan ser ahora recurribles en las Salas de lo Civil y de lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia no es más que una forma de superar la "instancia única" que existía hasta ahora, continúa Gómez de Liaño, "de manera que no hay propiamente doble instancia porque antes solo cabía el recurso de casación extraordinario ante el Supremo".

Este experto en derecho procesal insiste en que los cambios anunciados por el Gobierno tienen una repercusión directa en materia de personal, que ya de por sí resulta "manifiestamente insuficiente" en este momento y, en el caso concreto del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, deberán adecuarse esas plantilllas, prosiguen los expertos.

Pero no solo preocupa que las salas puedan aguantar la carga de trabajo que se les avecina sino también que se mantenga "lo farragoso" de la normativa procesal, de manera que no hay una reducción de los procedimientos propiamente dicha porque los operadores jurídicos continúan a expensas de otros agentes externos. "El primer interesado en que se despeje el proceso es el imputado", opina el portavoz en la Asociación Profesional de la Magistratura, pero los tiempos no dependen única y exclusivamente del juez porque cuando se piden pruebas periciales el proceso se dilata "sine die".

La radiografía que trazan desde el mundo del derecho y la magistratura acerca de la nueva ley de Enjuiciamiento Criminal auspiciada por el Gobierno presenta de esta manera luces y sombras. No convence que sean el mismo número de personas cuando a partir de ahora los autos dictados por las audiencias provinciales en primera instancia sean recurribles en apelación ante las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia de su territorio.

"Es una nueva visión de toda la globalidad del juicio", opina Juan Carlos García pero "las salas no están dimensionadas para aguantar ese trabajo", recalca. En lo que todos coinciden es que esta segunda instancia que se genera ahora "resultaba imprescindible".

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