El nuevo baremo para cuantificar los daños y perjuicios causados en accidentes de tráfico puede llegar a duplicar e incluso triplicar las indemnizaciones en los casos más graves. Pero en todo caso, la media de las indemnizaciones se incrementa un 16%. Se trata de resarcir no sólo el daño moral, sino también el lucro cesante; es decir, compensar aquello que se va a dejar de percibir como consecuencia de las secuelas del siniestro. Además, los menores de 14 años, los ancianos y los discapacitados serán indemnizados tanto si el siniestro es por imprudencia suya como si no.

Más de 400 abogados de toda España se dan cita desde ayer en el Auditorio Príncipe Felipe de Oviedo para participar en las primeras Jornadas sobre la reforma del baremos de Tráfico, organizada por el Colegio de Abogados de Oviedo en colaboración con la Escuela de Práctica Jurídica del Principado. Estas nuevas tablas de valoración entraron en vigor el pasado 1 de enero.

Javier López y García de la Serrana, doctor en Derecho, secretario general de la Asociación española de abogados especializados en responsabilidad civil, y miembro del grupo plenario redactor del nuevo baremo, participó ayer en las jornadas con una conferencia titulada "El perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionado por las secuelas en el nuevo baremo".

Según explicó, las nuevas valoraciones atienden no sólo el daño moral que provoca un accidente, como pueden ser los gastos, sino que también se "resarce el daño patrimonial". Y pone como ejemplo que no es lo mismo que, por ejemplo, le tengan que amputar el brazo izquierdo a cualquier ciudadano que a Rafa Nadal. "Yo, como abogado, puedo seguir trabajando, pero él no. Y eso ahora se tiene en cuenta a la hora de indemnizar".

Un caso real es el de una mujer cuyo marido falleció en accidente de tráfico con 33 años y dejando a dos hijos de 3 y 5 años. "Cobraron una indemnización de 206.000 euros, pero con el nuevo baremo habrían cobrado 560.000, porque se tendría en cuenta lo joven que era el padre, los ingresos que tenía y que los niños tienen que poder estudiar y vivir igual que si siguiera vivo", explicó López y García.

Otra novedad es que este baremo también puede ser utilizado en otros casos en los que no exista baremo de indemnizaciones. Por ejemplo, en caso de accidente laboral o una negligencia médica, aunque en estas situaciones acogerse es voluntario y su aplicación queda a criterio judicial.

Este incremento no afecta a las secuelas consideradas leves, que son el 90% y cuya cuantía no llega a 6.000 euros. "El síndrome cervical postraumático es lo más frecuente, y ahí no hay cambios", advirtió el letrado.