El asturiano es esa lengua no oficial que los ciudadanos pueden utilizar para dirigirse a la Administración, pero que ésta no está facultada para emplear a la inversa. Es un idioma que en la Junta General del Principado los diputados están autorizados a hablar, pero que la institución, según el reglamento de la cámara, no tiene permitido usar para dirigirse a ellos. El bable ha visitado con asiduidad las más recientes controversias políticas del parlamento autonómico, con abundante carga de polémica por el significado real del "uso y promoción" que encabeza el nombre de la ley que lo regula y por las contradicciones a la que la aplicación de ésta. La última paradoja viene de ser señalada en la respuesta del Gobierno regional a una pregunta planteada por el grupo parlamentario de IU en la que se cuestiona por las dificultades que, según la denuncia de la coalición, obstaculizaban hasta hace poco la inscripción de nombres en asturiano en el Registro de Asociaciones del Principado.

La ley, según asume la Consejería de Hacienda en su réplica a la diputada de la coalición Concha Masa, obligaba al solicitante de una inscripción en bable a traducir el nombre -que no de los estatutos- "al castellano o a alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas", con la paradoja de poder inscribir en Asturias una asociación con nombre en catalán, pero no solamente en asturiano. Eso sucedía así, tal cual, hasta una modificación legislativa que entró en vigor el 1 de diciembre pasado. La ley de uso y promoción de la llingua avala el depósito oficial en bable de los estatutos de los colectivos que deseen utilizarla, pero la inscripción del nombre tiene, al decir del Ejecutivo, "un tratamiento legal diferente".

Se rige por el reglamento del Registro Nacional de Asociaciones, que hasta diciembre ignoraba el asturiano si no venía con traducción. Para idiomas distintos al castellano, al catalán, euskera o gallego, la ley exigía "un certificado, firmado por la misma persona que presente la solicitud, en el que se expondrá su traducción" a uno de los oficiales, con la advertencia de que "dicha traducción no formará parte de la denominación de la asociación". Para alivio de algunos.

La Administración matiza en su réplica, no obstante, que a partir de diciembre acepta "sin más trámite" las inscripciones con nombre en exclusiva en asturiano merced a la entrada en vigor de un nuevo Real Decreto que admite denominaciones en castellano, en lenguas españolas oficiales o en idiomas extranjeros siempre que los nombres estén formados "por letras del alfabeto latino" y que sólo obliga a requerir aquel certificado de traducción "cuando el registro lo estime necesario".

Inaciu Galán, presidente de un colectivo que quiso llamarse "Iniciativa pol Asturianu", ha sufrido la restricción en carne propia. Su organización todavía tiene pendiente de resolución la reclamación que presentó contra la prohibición de llamarse solamente en bable. Se negaron a presentar la traducción "igual que nos negaríamos a traducir los estatutos, porque tenemos derecho a presentarlos en asturiano", "porque el nombre se entiende perfectamente", y llaman la atención sobre el contrasentido de que "en Asturias pueda presentar la traducción del nombre de la asociación al euskera, pero no en asturiano sin traducción".

Registro

Como el registro de asociaciones no es obligatorio, tampoco se preocuparon demasiado. La de la denominación es una de tantas peleas simbólicas en la larga batalla del asturiano. Como la de los escritos que se presentan ante la Administración, según un procedimiento amparado por sentencias judiciales que permite presentar documentos en bable, pero no responder recíprocamente a ellos en la misma lengua. Con un agravante sutil, que en la voz de Galán consiste en que "cuando presentas un documento en asturiano, al cabo de una o dos semanas te llega una carta con la traducción para seguir con el procedimiento, de manera que sabes que utilizar la llingua va a retrasar el procedimiento. Es otra forma de desalentar su uso". "Lo normal sería formar a los funcionarios para que entendiesen los escritos en lugar de traducir absurdamente documentos que no van a ningún sitio", apostilla.

Buscando paradojas en torno al uso oficial del asturiano, se acuerda de la toponimia en el DNI, de que "el nombre oficial de Gijón es doble, en asturiano y castellano, pero en el carné nunca viene así. Te dan a elegir" y como por defecto en el nacimiento hasta 2008 ponía siempre "Gijón", "yo durante mucho tiempo había nacido en Gijón y residía en Xixón". O de un funcionario que pidió un permiso para operarse y no se lo concedieron porque la solicitud estaba en asturiano, aunque "al final, los tribunales le dieron la razón". El fondo de la cuestión, explica Galán, está en que "la gente, cuando se refiere al asturiano, suele decir 'que lo hablen cuando quieran', pero cuando se llega a un ámbito oficial empiezan los problemas".