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El Estado ve inconstitucionales varios cambios de la reforma electoral asturiana

El Parlamento asturiano no puede legislar la sustitución temporal de diputados ni sobre el voto anticipado o el electrónico para emigrantes

El Estado tumba las principales novedades de la reforma electoral asturiana, acordada entre el PSOE, IU y Ciudadanos para poder iniciar su tramitación en la Junta General del Principado. Un informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas advierte que varios artículos del borrador de la ley autonómica bien invaden competencias que dependen de leyes orgánicas estatales o son "poco claros", como el relativo a la adjudicación de 10 de los 45 escaños a los restos de las tres circunscripciones. El diputado de Foro, Pedro Leal, ya había advertido en el Parlamento regional que el nuevo texto se extralimitaba del alcance de una ley autonómica.

El informe, elaborado a instancias de la dirección general de coordinación de competencias con las comunidades autónomas, considera confuso y poco claro el nuevo sistema de adjudicar 35 escaños entre las tres circunscripciones y 10 entre los restos que no dieron derecho a un acta de diputado. La secretaría general técnica del Ministerio del Interior, que firma el citado informe, recomienda revisar los dos artículos que regulan el reparto de escaños "ya que resulta difícil su comprensión y podrían generar inseguridad jurídica".

Las objeciones del Estado a la reforma electoral asturiana no acaban ahí. La nueva normativa autonómica no tendría capacidad para regular el voto anticipado ni el voto electrónico para la población inmigrante, al tratarse de cuestiones que dependen de la ley orgánica de régimen electoral general (LOREG). "El legislador autonómico no tiene competencia para regular otro procedimiento de votación adicional a los previstos en la LOREG", establece el informe, también tajante en cuanto a la posibilidad de que la ley asturiana regule el voto electrónico para los asturianos que residen en el exterior, el llamado voto emigrante: "su regulación queda fuera de las competencias autonómicas". Es decir, la Junta General del Principado no tiene capacidad para permitir el voto electrónico a los asturianos residentes en el extranjero si esa novedad no es autorizada, previamente, en la ley orgánica de régimen electoral general (LOREG).

Otra de las principales novedades que incorpora la reforma electoral asturiana es la sustitución temporal de diputados ante cuatro posibles casos, maternidad o paternidad, lesión superior a un mes, investigación judicial o circunstancias de índole personal. Tampoco el Parlamento regional puede entrar a legislar estos supuestos, que "no caben en una ley autonómica, ya que afecta directamente a la esencia de un derecho fundamental como es el sufragio pasivo, que sólo puede ser desarrollado mediante ley orgánica", según el citado informe. La reforma electoral también se extralimita al establecer las condiciones para que los partidos elijan a sus candidatos. "La regulación que se pretende realizar y que afecta a la organización interna de los partidos es ajena a la materia electoral", concluye el análisis técnico sobre la reforma electoral planteada en Asturias

Advertencia de Foro

El informe remitido por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas al Principado llega en pleno proceso de tramitación de la reforme electoral, que pasó hace un mes el corte de la toma en consideración con el apoyo de todos los partidos, excepto Podemos. El PP y Foro pese a ese apoyo dejaron patentes sus reparos a una iniciativa que, en su opinión, no era prioritaria. El diputado forista Pedro Leal avisó en aquel pleno que algunos contenidos del texto acordado entre el PSOE, IU y Ciudadanos, excedía de las competencias de una ley electoral autonómica al regular cuestiones propias de una ley orgánica.

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