La Federación Asturiana de Concejos (FACC) rechaza la normativa autonómica para los nuevos planes locales de empleo, al considerar que no resuelve la "indefensión jurídica" de las administraciones municipales ante las demandas que puedan plantear los beneficiarios. En consecuencia, la comisión ejecutiva del ente supramunicipal asturiano, reunida ayer en Oviedo, acordó no aceptar la propuesta de bases reguladoras y de convocatoria de los planes, así como trasladar a la Consejería de Economía y Empleo del Principado "la necesidad" de que "vincule las subvenciones a los planes globales de obras y servicios, para tratar de evitar así los problemas legales del modelo actual"

Estos problemas se presentaron por primera vez hace seis años en Avilés, con las denuncias de varios beneficiarios por un supuesto fraude de ley al entender que se les estaban encargando labores propias de la plantilla laboral del Consistorio. El juez falló a su favor, les consideró como trabajadores con derecho a contratos indefinidos y el Ayuntamiento se vio obligado a despedirlos, con la consiguiente indemnización económica.

Las reclamaciones se fueron extendiendo por casi toda la región, hasta el punto de que, en total, los concejos están teniendo que hacer frente a diez millones de euros en concepto de compensaciones a beneficiarios de planes de empleo que denunciaron su situación laboral.

Tras la reunión de ayer, los portavoz de la FACC pusieron de manifiesto que la propuesta de las bases reguladoras de los planes elaborada por la Consejería no atiende la solicitud realizada por los concejos para que "las subvenciones se vinculen exclusivamente al plan global de obras y servicios a ejecutar, sin aludir para nada al número de contratos ni a los módulos salariales que se deberán aplicar". Además, el ente supramunicipal censura que la única tipología de contrato aplicable a estos programas sea el de obras y servicios.

En esta tesitura, la ejecutiva de la federación de concejos entiende que el marco normativo autonómico "entra en conflicto con el criterio del TSJA de que el objeto del contrato temporal no podrá consistir en una actividad natural u ordinaria, con carácter permanente, de la Administración, que son precisamente las únicas que cabe realizar según la propuesta de bases reguladoras de la Consejería de Economía". La FACC sostiene que este "conflicto normativo" sigue dejando a los ayuntamientos en "indefensión legal ante las demandas que pudieran presentar sus beneficiarios, como demuestran las sucesivas sentencias que continúan condenando a los ayuntamientos al considerar a un importante número de beneficiarios como indefinidos". Esos fallos obligan a equiparar sus retribuciones a las establecidas en el convenio municipal desde que fueron contratados, con el consiguiente quebranto para las arcas municipales.