Los enfermos asturianos que se hallen en el tramo final de su vida tendrá el derecho de "rechazar un tratamiento o un procedimiento" terapéutico, y también a "la retirada de una intervención ya iniciada, aún a pesar de que ponga en riesgo su vida o implique la suspensión de medidas de soporte vital". Así lo establece el Anteproyecto de Ley sobre derechos y garantías de la dignidad de las personas al final de la vida, que la Consejería de Sanidad del Principado acaba de sacar a información pública.

Según el citado texto, "la decisión de rechazar un tratamiento o un procedimiento o la retirada de una intervención ya iniciada será documentada en la historia clínica y será respetada una vez que el facultativo responsable de la asistencia haya informado a la persona".

En el preámbulo de la norma, Sanidad afirma que la necesidad de la misma se fundamenta en dos principios. Por un lado, "la consolidación del respeto a la dignidad como un valor intrínseco y base del respeto que todo ser humano merece, con independencia de su grado de autonomía o de conciencia". Por otro, "la seguridad jurídica para los profesionales sanitarios, de manera que puedan conocer con certeza jurídica cómo proceder y actuar para dar pleno cumplimiento a los deseos de la persona".

La ley subraya que su contenido se refiere en todo momento al "proceso del final de la vida, concebido como un final próximo e irreversible, eventualmente doloroso y potencialmente lesivo de la dignidad de quien lo padece, para, en la medida de lo posible, aliviarlo en su transcurrir, con respeto a la autonomía, integridad física e intimidad personal de la persona".

Asimismo, el texto puntualiza que queda excluida de la presente regulación "la tipificación penal vigente de la eutanasia o suicidio asistido, concebido como la acción de causar o cooperar activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro".