Ante la indignación suscitada por el cobro de varios ayuntamientos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a hórreos y paneras, Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies recuerda que están exentos del impuesto municipal las construcciones tradicionales de más de cien años. Así lo establece artículo 62.2.b) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que indica que están exentos del IBI los bienes comprendidos en la disposición adicional segunda de la Ley de Patrimonio Histórico Español, entre los que se encuentran los hórreos. La agrupación llama a denunciar a los ayuntamientos si no cumplen esta condición.