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Lo que se debe saber de los rescates

¿Cuándo se cobra?

Cuando se sufre un accidente que requiera de salvamento en las siguientes actividades de riesgo: submarinismo, windsurfing, flysurf, esquí acuático, wakeboard, wakesurf, skurfer, motos de agua, bodyboard, surf, rafting, hydrospeed, descenso de cañones y barrancos, puenting, kite buggy, quads, escalada, espeleología deportiva o "espeleismo", bicicleta en montaña, motocross, vehículos de motor en montaña, raid y trec hípico, marchas y turismo ecuestre, esquí, snowboard, motos de nieve, paraski, snowbike, mushing, skibike, aerostación, paracaidismo, salto base, vuelo de ultraligeros, vuelo en aparatos con motor y sin motor, parapente, ala delta y parasailing, y cualquiera otra que tenga a éstas como base.

¿Cuánto se cobra?

La movilización del helicóptero medicalizado supone una tasa de 2.027 euros por hora (incluye medios técnicos). El helicóptero multifunción tiene un precio de 1.258 euros la hora. La tasa de los medios técnicos y vehículos especiales es de 439 euros la hora.

¿Cuántos casos ha habido?

Hasta el momento solo ha habido un caso de cobro: el de un ciclista madrileño que se accidentó en la ruta del Cares, en 2014, y al que se cobraron 1.800 euros. Actualmente se tramitan cinco expedientes, uno de ellos correspondiente a un escalador que se accidentó en el Urriellu el pasado octubre, y al que se le reclama la cantidad de 5.960,95 euros.

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