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La tramitación parlamentaria de una controvertida ley

Los juristas de la Junta ponen reparos a varios cambios de la reforma electoral

El letrado mayor cuestiona que la ley regional establezca el modo de selección de los candidatos, pero no se pronuncia sobre el nuevo reparto de escaños

Escrutinio del voto emigrante.

El informe jurídico de la Junta General plantea "dudas" y objeciones a la reforma de la ley electoral autonómica, consensuada entre el PSOE, Izquierda Unida y Ciudadanos. El análisis técnico realizado por el letrado mayor del Parlamento asturiano no tiene claro que la legislación autonómica pueda imponer a los partidos el modo de selección de los candidatos, sostiene que la Junta General del Principado no debe asumir el envío de los sobres y papeletas electorales y argumenta que no es competencia de una ley regional establecer el voto electrónico para los asturianos residentes en el exterior.

El informe sobre la reforma de la ley electoral asturiana ha trascendido tras la constitución de la ponencia para una iniciativa legislativa promovida por IU y Ciudadanos con el respaldo del PSOE. El análisis de los servicios jurídicos de la Cámara sobre ese texto era esperado con interés entre los grupos políticos después de que en la primavera del pasado año un informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas advirtiera de que el texto asturiano invadía competencias que dependen de leyes estatales.

El letrado mayor de la Junta General, Alberto Arce, coincide en algunas objeciones advertidas por el Estado, aunque, sin embargo, no se pronuncia sobre una de sus principales novedades, el nuevo sistema para adjudicar los escaños: 35 diputados repartidos entre las tres circunscripciones y los otros 10 entre los restos que no dieron derecho a un acta. El informe jurídico del Parlamento regional no hace mención alguna a esta propuesta, con la que IU y Ciudadanos pretenden amortiguar la gran diferencia de votos necesarios para conseguir un escaño en la circunscripción central frente a la occidental y la oriental.

Selección de candidatos. La reforma electoral asturiana pretende obligar a los partidos a elegir a sus candidatos a la Presidencia del Principado "mediante un proceso democrático" que garantice concurrencia de candidatos y participación directa de sus militantes. Es decir, la reforma asturiana trata de impulsar las primarias. El letrado Mayor concluye que "resulta dudosa la competencia del legislador del Principado de Asturias para intervenir en la formación de las candidaturas electorales", al considerar que una medida de ese tipo debe ser adoptada por el Estado en la ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG).

Sustitución temporal de diputados. La normativa regional en tramitación plantea incorporar una serie de supuestos para la suspensión temporal de los diputados, que serían sustituidos. El letrado mayor advierte que la sustitución podría colisionar con el artículo 23 de la Constitución, "que propugna la igualdad en el mandato parlamentario de quienes lo ostenten". El informe también añade que la regulación de la sustitución temporal obligaría a la creación de una nueva partida de gasto "para abonar las asignaciones de los diputados con mandato interino".

Voto anticipado. El texto propuesto ahora en Asturias plantea la inclusión del voto anticipado, para favorecer la posibilidad de cumplir con ese derecho. El informe jurídico de la Junta General determina que "los modos de ejercer el derecho fundamental de sufragio no son, en cuanto parte del régimen electoral general, disponibles para el legislador autonómico".

Voto electrónico para los emigrantes. La reforma de la ley electoral asturiana plantea dar cobertura a "un sistema electrónico a distancia que garantice el carácter universal, libre, igual, directo y secreto del voto" para el sufragio de los emigrantes asturianos. El letrado mayor establece en su informe que el voto de los residentes ausentes "viene regulado en el artículo 75 de la ley Orgánica de Régimen Electoral General (...), es de aplicación directa a las elecciones autonómicas y no contempla el voto electrónico".

El contenido global del informe del letrado mayor tiene varios puntos de coincidencia con el realizado por la secretaría general técnica del Ministerio del Interior, que firmó el análisis del Estado donde se advertía taxativamente que el Parlamento asturiano no podía legislar sobre el voto anticipado ni sobre el voto electrónico para los asturianos de la diáspora, ni siquiera sobre la sustitución temporal de los parlamentarios. Aquel dictamen también calificaba de confuso y poco claro el nuevo sistema de adjudicación de los 45 escaños y alertaba de que la ley electoral asturiana no puede obligar a los partidos políticos a que elijan a sus candidatos a la Presidencia del Principado mediante un proceso de primarias.

Envío de sobres y papeletas electorales. La reforma de la ley autonómica establecía que el Principado asumiera en exclusiva el envío directo y personal de los sobres y papeletas electorales de las candidaturas con representación en la Junta General. El letrado mayor argumenta que la LOREG "hace recaer sobre los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones participantes en las elecciones" esos gastos, de modo que la proposición de cargarlos "a la Administración de la comunidad autónoma altera ese régimen que, en cuanto parte del régimen electoral general, no le es disponible".

La posición crítica de Foro. El contenido de los informes del Estado y ahora del letrado mayor va en una línea argumental similar a la que ya planteó el grupo parlamentario de Foro cuando tuvo lugar el debate de la toma en consideración de la reforma de la ley electoral regional, en marzo del pasado año. El diputado forista Pedro Leal ya planteó entonces que el texto de la reforma, promovido por PSOE, IU y Ciudadanos, excedía de las competencias de una ley autonómica al regular cuestiones de ley orgánica.

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