La juez Simonet Quelle Coto ha desestimado el último recurso presentado por la abogada del exlíder minero José Ángel Fernández Villa, rechazando que haya existido "situación de vulnerabilidad" y advirtiendo a la defensa, que ejerce Ana García Boto, que Villa "es investigado y no víctima" en el procedimiento, y que no existen requisitos para declarar nulas las actuaciones.

La magistrada sí admite a trámite el recurso de apelación a esta decisión, por lo que ahora será la Audiencia Provincial la que deba resolver, aunque eso no implica que la jueza tenga que suspender la instrucción y, por tanto, puede seguir realizando cualquier actuación que considere oportuna relacionada con el caso.

La abogada de Villa recurrió el anterior auto de la magistrada, que rechazó todas las pruebas nuevas solicitadas por Ana García Boto, entre ellas 34 nuevas testificales que la jueza consideró innecesarias, igual que la aportación de nueva documentación. Y añadía además que la única intención de la letrada era seguir perdiendo tiempo en la instrucción.

Ana Boto alegó en su nuevo recurso -y ya sumaba doce- la supuesta indefensión de Villa, ya que en su opinión tendría que haber declaro ante la jueza auxiliado por "un adulto responsable", por la "especial protección que como investigado en situación de vulnerabilidad le concede la UE". Añadía además que el exsindicalista no tuvo participación en la instrucción, "que se ha realizado a sus espaldas y antes de ser informado de la acusación, es decir, antes de estar en situación de poder ejercitar la autodefensa", sin olvidar "las dificultades" de su letrada para preparar la defensa. Todo ello debería conllevar la nulidad de las actuaciones, según la abogada.

La magistrada Quelle Coto tumba de nuevo todos los argumentos esgrimidos por la defensa. Para empezar, la jueza indica que la letrada ya había solicitado que Villa declarase acompañado de persona adulta, lo que fue resuelto en contra el 1 de marzo sin que recurriera, ni ella ni las otras partes implicadas en el proceso. Tambien indica que según la legislación vigente, no se dan la concurrencia de requisitos legales y jurisprudenciales necesarios para declarar nulo el procedimiento.

Añade la jueza en su auto que "no se entiende" la figura procesal de "adulto responsable" a la que se refiere la defensa, ya que tal derecho sólo consta en el Estatuto de la Víctima, y Villa "es investigado y no víctima en las presentes actuaciones". También indica la magistrada que en la declaración del exlíder minero no sólo estaba su abogada y su representante procesal (procuradora), sino también el fiscal, el Letrado de la Administración de Justicia (antes secretario judicial) y el resto de abogados personados en las actuaciones, además de ella misma.

Tampoco se ha determinado que Villa estuviera en "situación de vulnerabilidad", "máxime cuando se sometió al interrogatorio únicamente de su defensa y por un tiempo aproximado de dos horas, sin constatarse vulnerabilidad alguna".

Así mismo, tampoco es cierto que el investigado no tuviera participación en la instrucción de la causa, y más teniendo en cuenta "que han sido once los recursos interpuestos por la defensa", por lo que la magistrada considera esta alegación "carente de toda justificación legal y argumentación jurídica".