La magistrada-juez del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Oviedo, Carolina Serrano, ha desestimado la demanda interpuesta por el presidente de Foro Asturias Francisco Álvarez-Cascos contra el diputado de Podemos en el Congreso, Segundo González, por vulneración del derecho al honor. El exministro de Fomento y expresidente del Principado tiene 20 días de plazo para presentar recurso de apelación.

Álvarez-Cascos solicitaba al parlamentario de Podemos una indemnización de 20.000 euros por sus acusaciones "difamatorias, calumniosas e injuriosas" y el pago de las costas judiciales, por relacionar al exministro con "sobresueldos en 'B'" y acusarle de recibir "comisiones irregulares" durante la adjudicación de la Variante de Pajares.

Segundo González ha anunciado en una comparecencia pública que no le sorprendería que Cascos recurriera el fallo dada su "obstinación" pese a la "contundencia" de la sentencia.

El diputado de Podemos en el Congreso por Asturias también apuntó que esa "obstinación" del exministro de Fomento y expresidente del Principado sobre la Variante de Pajares supondrá "más costes y retrasos". También aseguró que su formación exigirá "conocer toda la verdad" sobre una "chapuza" que "no está a la altura de lo que se merecen los asturianos".

En la misma línea, el secretario general de Podemos Asturias y diputado autonómico, Daniel Ripa, destacó que "se acumulan las denuncias a Podemos que quedan archivadas". Para Ripa, resulta "ridículo" denunciar a la formación morada por críticas que tienen base, añadiendo que la "temeridad" por parte de Podemos sería "no denunciar públicamente" casos sospechosos de irregularidad.

La sentencia, fechada el 29 de marzo, apunta la existencia de "un claro conflicto entre el derecho al honor y la libertad de expresión". Al respecto, menciona dos sentencias del Tribunal Supremo de 2016 sobre el derecho al honor en caso de persona pública.

"Cuanto mayor sea la relevancia política de una persona, y la de un expresidente del Gobierno es máxima, mayor es la exposición de su conducta al escrutinio público y más alto el techo de las libertades de información y de opinión", se detalla sobre el fallo del alto tribunal del 22 de diciembre. Para la magistrada-juez de esta causa, "ello quiere decir que, si bien el honor de una persona pública no es distinto al de cualquier ciudadano corriente, queda debilitado frente a la crítica, informaciones, manifestaciones, etcétera frente a la libertad de expresión en aras del interés público".

Además, apunta que "no se imputa directamente al actor -Francisco Álvarez-Cascos- la comisión de un delito de corrupción, sino que Segundo González habla de "sospechas" en la adjudicación de la Variante de Pajares. "En ningún momento le atribuye directamente haber cometido un delito de corrupción. No se emplean tampoco expresiones vejatorias ni insultos", expone la magistrada-juez, relacionando esas declaraciones con la "opinión" del diputado de Podemos que "no lesiona el derecho al honor del actor".

Del mismo modo, la titular del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Oviedo matiza que Segundo González "no es un medio de comunicación sino un político en ejercicio que se está limitando a expresar su opinión" sobre Álvarez-Cascos. "El Tribunal Supremo tiene declarado que debe distinguirse entre la libertad de información consistente en la comunicación de hechos susceptibles de contraste mediante datos objetivos y la libertad de expresión que comprende meras opiniones o valoraciones personales y subjetivas, juicios de valor sobre la conducta ajena", recuerda, añadiendo que el demandado estaba ejercitando "su derecho a la libertad de expresión".