Si algo han dejado claro los tres juicios contra los responsables del club de alterne Model's -ayer finalizó el último de ellos en la sección segunda de la Audiencia- es la ingeniería legal que rodea este tipo de locales, cuyos dueños tratan de blindarse frente a intervenciones judiciales. Donde antes había clubes de alterne, ahora hay salas de fiestas y hoteles, con todos los permisos. Los propietarios se lavan las manos respecto a lo que ocurre allí dentro, mientras se paguen las copas y el alquiler de las habitaciones. No ponen, aseguran, norma alguna a las mujeres que ofrecen sus servicios, que acuden de forma libre y voluntaria.

Si hay prostitución, los propietarios se encogen de hombros. Se trata de una actividad que no es ni legal ni ilegal. No hay forma de demostrar una relación laboral, ya que, aunque la hubiera, los empresarios no podrían asegurar a estas mujeres, cuya actividad permanece en el limbo. Solo tendrían obligación de asegurarlas si se dedicasen al "alterne", que no es otra cosa que la promoción del consumo de bebidas y el acompañamiento del clientes, una actividad sí reconocida por Trabajo.

Las condenas de los últimos años por delitos de trata han forzado estos cambios. En el caso del juicio finalizado ayer, una de las inspecciones, el 6 de junio de 2013, se realizó a raíz de la investigación de una red de trata de personas. Once mujeres rumanas eran obligadas por el clan de los Sandulache a prostituirse en el Model's. El juicio será en febrero, pero no están acusados los responsables del club, que no tenían relación alguna con las mujeres, simples clientes del "hotel".

En el juicio finalizado ayer, la Fiscalía -que mantuvo su petición de tres años y medio de prisión para cada uno de los acusados, así como el cierre del local por dos años-, se ha encontrado con la ausencia de testigos de cargo que corroborasen que allí se "alternaba". Al menos es lo que sostienen las defensas de Miguel Ángel López Robledo (exadministrador) y Renato Fernández, supuesto encargado, quienes indicaron que no bastaba con las declaraciones que las mujeres pudieran haber hecho ante las fuerzas de seguridad en 2013, a menos que las corroborasen en la vista oral, algo que no ha pasado.

La defensa de López Robledo, a cargo de Ricardo González, resaltó que, en la inspección de junio de 2013, los agentes actuaban dentro de la investigación de la red de trata rumana. Por tanto, no recabaron ni el testimonio de las mujeres, ni otras pruebas que hubiesen demostrado que había alterne, como los tickets que cobraban como comisión por las copas de los clientes. La afirmación de que se "alternaba" es en realidad una presunción, añadió el abogado, derivada del hecho de que las mujeres deambulasen por el local vestidas con ropa provocativa y en tanga, hasta las limpiadoras. Tampoco comprobaron la existencia de taquillas para que las mujeres se cambiasen o las grabaciones de las cámaras del local. González apeló a la primera sentencia absolviendo a los responsables del club, dictada por la propia sección segunda, en la que se indicaba que no se había probado que el local fuese otra cosa que una sala de fiestas.

En cuanto a la segunda inspección, realizada el 4 de diciembre de 2013 por la Guardia Civil de Gijón, los agentes sí entrevistaron a las mujeres. En el juicio, los guardias corroboraron el contenido de esas entrevistas, pero no las mujeres, según la defensa. González apeló a otra tesis que ya expuso en el segundo juicio contra los responsables del Model's, celebrado la semana pasada en el sección tercera de la Audiencia. "Cuando se alterna, se trata de captar clientes para el ejercicio de la prostitución, la actividad principal. Pero ésta no está contemplada, por lo que no puede exigirse al empresario que asegure a las mujeres", señaló.

El letrado de Renato Fernández, Ricardo Álvarez Buylla, abundó sobre estos puntos. En su opinión, la testifical de los guardias, policías e inspectores de Hacienda no puede aceptarse, ya que la defensa no pudo interrogarlos durante la instrucción. Los atestados que realizaron son documentos administrativos, sin valor procesal. Lo que declarasen las mujeres en mitad de una redada no tiene valor sin su corroboración en la vista oral. Y la presunción de que se alternaba por la ropa que llevaban las mujeres tiene poca base. "Fueron poco a la playa o no salieron de noche para decir eso", remarcó el letrado.