El Tribunal de Cuentas ha desestimado la demanda del Principado y de la Fiscalía contra el exconsejero de Educación José Luis Iglesias Riopedre por un presunto delito de irregularidad contable. El origen de la denuncia fue el abono de tres facturas a la empresa Nora -implicada también en el "caso Marea" - por obras no ejecutadas y un importe global de 210.249,10 euros (incluidos intereses).

La sentencia establece que "no cabe apreciar que los pagos en que se basa la demanda hayan originado un menoscabo a los fondos públicos" del Principado, puesto que se abonó otra obra por el importe contratado, con independencia de que los conceptos que figuraban en las facturas no correspondiesen a ella. También indica que no existe contradicción con la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial en el mayor caso de corrupción juzgado en Asturias.

La empresa Nora fue contratada por la Consejería de Educación, cuando José Luis Iglesias Riopedre era su titular, para implantar un sistema geotérmico de calefacción en el nuevo edificio que alberga el Instituto de Educación Secundaria de Infiesto. Las obras se ejecutaron entre los últimos meses de 2009 y los primeros de 2010.

Según los datos aportados por el Principado en su demanda, la Consejería, con el consentimiento de Iglesias Riopedre, aprobó abonar tres facturas, todas el 25 de febrero de 2010. En una de ellas el concepto era "sala de caldera IES Infiesto", por importe de 57.860,22 euros. En otra figuraba "sustitución de ventanas IES Rey Pelayo", por importe de 57.692,89 euros. Y una tercera con el concepto "solados IES Llanes", con 57.895,97 euros .

El Principado presentó una demanda, a la que se sumó la Fiscalía, contra Iglesias Riopedre al entender que fueron pagos injustificados, ya que las facturas se correspondían con obras cuya ejecución no pudo ser acreditada y que, por tanto, habrían originado un perjuicio a los fondos públicos regionales.

Sin embargo, el Tribunal de Cuentas entiende que, según declaró el responsable de Nora, "cuando la empresa emitió los certificados de obra y facturas correspondientes a la implantación del sistema geotérmico de calefacción en el nuevo instituto de Infiesto, en la Oficina Técnica de la Consejería de Educación le comunicaron que no tenían fondos en la partida presupuestaria de inversiones para abonar esos gastos y, por ello, debía cambiar el concepto de las facturas para que se las pudieran abonar con la partida presupuestaria destinada a mantenimiento. Por eso procedió a cambiar las facturas presentadas a los conceptos que le indicó la Administración".

Este testimonio, junto con el realizado por otros testigos y las pruebas practicadas, "ponen de manifiesto que las obras de implantación del sistema geotérmico se ejecutó", y que los abonos realizados por el Principado a Nora "corresponden al pago de las citadas obras, con independencia de que los conceptos expresados en las facturas no guarden relación con la obra pagada".

Añade el fallo del Tribunal de Cuentas que en su decisión no existe contradicción con la sentencia del "caso Marea", ya que las conclusiones a las que se ha llegado por la demanda presentada por el Principado corresponden también con los hechos que se declararon probados por la Audiencia Provincial, ya que los testigos declararon también por estas facturas.