La Audiencia Provincial de Oviedo ha dado un nuevo varapalo a la defensa del ex líder minero José Ángel Fernández Villa, al desestimar un nuevo recurso y mantener el embargo de todas sus cuentas bancarias y productos financieros en cuantía superior a 6.000 euros y también de sus bienes. Entiende el tribunal que existen "indicios racionales de criminalidad" y que la medida es "proporcionada", y añade que le queda la pensión de jubilación, para cuyo cobro ya se le autorizó abrir otra cuenta nueva "que no ha quedado afectada por el bloqueo".

La titular del Juzgado de Instrucción 3 de Oviedo, Begoña Fernández, ordenó el bloqueo de todas las cuentas y bienes de los principales implicados en el "caso Hulla" tras los registros, detenciones y toma de declaraciones el pasado 29 de mayo.

El Ministerio Fiscal interpuso querella contra José Ángel Fernández Villa por un presunto delito de blanqueo de capitales y otros vinculados, como falsedad en documento oficial y mercantil, fraude de subvenciones, tráfico de influencias, apropiación indebida, delito contra la Hacienda Pública, malversación, cohecho y prevaricación.

La defensa del exlíder sindical minero recurrió entonces el embargo, siendo desestimado en junio. Y volvió a recurrir a la Audiencia, que acaba de fallar una vez más en contra.

Los argumentos esgrimidos por Ana García Boto, abogada de José Ángel Fernández Villa, se basaban en la "inexistencia de indicios determinantes de su participación en la comisión de los delitos objeto de la imputación", además de que los bienes sobre los que se adoptaron las medidas de bloqueo y embargo "no guardan relación con los hechos investigados, que tales bienes han sido adquiridos con anterioridad a la regularización fiscal de 2012, y que sus ingresos se limitan a los derivados de la pensión de jubilación". Argumenta además "la falta de proporcionalidad de las medidas cautelares".

El tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial resuelve que para aplicar las medidas adoptadas "basta la existencia de indicios racionales de criminalidad" y que, según el Tribunal Constitucional, es compatible "el derecho a la presunción de inocencia con las medidas cautelares siempre que se acuerden en resolución motivada y sean proporcionales a la finalidad perseguida".

Se refiere la Sala a la investigación realizada por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y a la Fiscalía Anticorrupción, y los "indicios que relacionan el inusual incremento patrimonial" de Villa con "el presunto desvío de fondos públicos obtenidos por el Montepío de la Minería" para la construcción de la residencia geriátrica de Felechosa. Y afirma que las cuentas, fondos de inversión, acciones y depósitos bancarios del exsindicalista "presentan saldos muy elevados que no se corresponden con ninguna actividad profesional o económica declarada ni con herencia familiar".