Tráfico comenzará a multar a partir de hoy sábado con las cámaras que ven dentro de los vehículos. Serán 200 euros de sanción y tres puntos de rerirada del carné a aquellos conductores que circulen sin tener puesto el cinturón de seguridad o vayan hablando por el teléfono móvil. Desde hace semanas funcionan ya en las carreteras de todo el país 50 de estas cámaras Aunque su arranque no ha estado exento de debate sobre la legalidad de las sanciones que se puedan derivar de este sistema de control.

Las cámaras se sitúan en autopista "Y", la Autovía del Cantábrico y la nacional de Galicia por la costa. Estos son los puntos kilométricos en los que se instalarán:

Las imágenes captadas por las cámaras están sometidas a un severo control de calidad. Éstas son enviadas diariamente al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, donde en un primer momento un software diseñado específicamente para ello revisará cada una de las fotografías, monitorizando automáticamente, mediante técnicas de visión artificial, el uso del cinturón de seguridad por parte del conductor. El propio software descartará aquellas fotografías en las que detecte que el conductor sí hace uso del cinturón de seguridad.

Las imágenes en las que el software no identifica el cinturón de seguridad pasan a ser revisadas manualmente, por dos operadores que descartan todas aquellas fotografías sobre las que pudiera existir alguna duda sobre el uso de dicho dispositivo.

Después del visionado manual que se realiza en el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, la imagen es enviada a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, donde se vuelve a comprobar manualmente que efectivamente va sin cinturón para posteriormente iniciar el conveniente procedimiento sancionador.

El titular del vehículo recibirá en su domicilio un requerimiento para que identifique al conductor que aparece en las fotografías que se le adjuntan. En caso de que en la fotografía aparezca un copiloto, se procede a pixelar la cara del mismo, de modo que dicha persona no sea identificada.

Una vez identificado el conductor, se procede al envío de la denuncia que supone una multa económica de 200 euros y la detracción de 3 puntos. En caso de que el titular no identifique a la persona que conduce, se genera un nuevo expediente sancionador por no identificar al conductor. El artículo 11 1 a) del Texto Refundido de la Ley de Seguridad Vial establece la obligación del titular de un vehículo de facilitar a la Administración la identificación del conductor del vehículo en el momento de cometerse una infracción. El incumplimiento del deber de identificar es una infracción muy grave artículo 77 j) cuya multa es el triple de la multa prevista para la infracción original que la motivó, es decir 600 euros.

Estas 50 cámaras son las primeras en funcionar, ya que progresivamente entrarán en funcionamiento el resto hasta un total de 227, 8 de ellas ubicadas en Asturias, en las que también se iniciará el plazo informativo de 2 meses previo a la denuncia.

El 60% de las cámaras están ubicadas en vías convencionales que son las que registran mayor accidentalidad y siniestralidad y el 40% restantes en vías de alta ocupación.

Pese a que las cámaras solo captan al conductor del vehículo, Tráfico recuerda la obligación y la importancia de que todos los ocupantes del vehículo lleven perfectamente puesto el cinturón de seguridad o el sistema de retención correspondiente.