El cambio legislativo aprobado ayer por el Congreso de los Diputados y en virtud del cuál los animales ya han dejado de ser "cosas" para el ordenamiento jurídico español (que ahora les considera seres vivos) va a tener consecuencias prácticas en los juzgados de familia. Y no va a tardar mucho, tal y como alertaba hoy en un artículo publicado en LA NUEVA ESPAÑA el magistrado Ángel Luis Campo, de la Audiencia Provincial de Asturias.

En concreto, el texto impulsado por el Grupo Popular buscaba modificar varios artículos del Código Civil relativos al convenio regulador en los divorcios, separaciones o nulidad matrimonial, con el objetivo de añadir nuevos puntos que regulen el destino de las mascotas en el que, según el texto que proponen, debe primar el interés de los miembros de la familia y del bienestar del animal, "pudiendo preverse el reparto de los tiempos de disfrute si fuere necesario". Y eso va a tener consecuencias.

"Si actualmente los juzgados de familia se ven colapsados con miles de cuestiones incidentales, derivadas del complimiento del régimen de comunicaciones, pagos de las pensiones, gastos extraordinarios, entrega de ropa en los intercambios, etcétera, ese colapso se verá incrementado ahora por las controversias que sobre esas materias surjan en relación a las mascotas. Pese a ello, dudo que se mejoren los medios, instalaciones y número de juzgados especializados de los que disfrutan un porcentaje de los españoles, no todos como debía ser, si como dice la Constitución Española somos todos iguales ante la ley", sentencia Ángel Luis Campo en su artículo.

La nueva consideración de los animales obligará a establecer custodias compartidas o acuerdos en los divorcios acerca de las necesidades y / o pensiones de alimentos a favor de los canes.