La Fiscalía solicita cinco años de prisión para Ana Gil, presidenta de una patronal de geriátricos privados, por apoderarse de subvenciones para planes de formación de empleo por importe de 288.300 euros. El juicio tendrá lugar en la sección segunda de la Audiencia Provincial el próximo lunes. Como perjudicado se ha personado un empresario del sector, Francisco Colell, que en 2006 sufrió un atentado de los GRAPO, en el que él resultó herido y su esposa fallecida.

Según el escrito del fiscal, el 18 de julio de 2006 tuvo lugar la constitución de la Federación Nacional de Atención a la Dependencia, designándose como presidenta a la acusada. La citada federación se constituía como una federación de asociaciones sin ánimo de lucro. Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos, además de por una entidad catalana, por la acusada en nombre y representación de la Asociación asturiana de centros y servicios de mayores (Asacesema). Dicha entidad había sido fundada en el año 2004 y estuvo presidida desde su origen por Gil, hasta ayer mismo, día en el que presentó la dimisión. Se trata de una entidad sin ánimo de lucro ni fines especulativos que aglutina en Asturias a los centros de servicios de mayores y profesionales de la gerontología.

En octubre de 2008 tuvo lugar en Oviedo una asamblea en la que se acordó el cese de Gil como presidenta de la federación, siendo ello ratificado en noviembre. En su lugar, fue nombrado Colell. No obstante, Gil consideró que dicho nombramiento no era legítimo y decidió seguir ejerciendo por su cuenta el cargo y la representación de la federación. Así, el 8 de diciembre de 2008, actuando en nombre y representación de la federación, solicitó una subvención a favor de dicho ente a la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo para la Ejecución de Planes de Formación, la cual fue concedida el día 4 de junio de 2009. La subvención se otorgó con el objeto de ejecutar un plan de formación dirigido prioritariamente a trabajadores ocupados y, para llevarlo a cabo, se firmó en junio de 2009 un Convenio entre Gil y el Servicio Público de Empleo. En él se estableció que las entidades encargadas de la realización de los planes de formación serían las sociedades Training Plans Management SL y Concepto Servicios Empresariales, participando luego también la entidad Sistemas de Apoyo Didáctico SL. Todas ellas forman grupo de empresa (Grupo Concepto). La subvención (por un importe de 471.771,40 euros), fue abonada el día 26 de junio de 2009 en una cuenta de la Federación abierta por Gil el día 26 de septiembre de 2008, y residían en ella las facultades de disposición.

Al año siguiente, la acusada renovó la petición de subvención el 26 de febrero de 2010, y fue concedida el día 22 de septiembre de 2010 (siendo abonada el día 8 de octubre de ese año en la cuenta de la Federación), por importe de 475.350 euros. Las entidades encargadas de la realización de los planes de formación eran las mismas que el año anterior.

Si bien los cursos se fueron realizando, y siempre según el ministerio público, Gil decidió apoderarse de parte del dinero de las dos subvenciones de la Federación (62.150 euros de la primera y 247.000 euros de la segunda), traspasándolo a dos cuentas bancarias de la entidad Asacesema de la cual era presidenta y respecto de las cuales tenía facultades de disposición. El global transferido de manera ilícita a las cuentas de Asacesema gestionadas por ella ascendió, en esta primera subvención, a 62.150 €. Descontadas tres devoluciones que realizó, supone una cantidad total de 41.300 euros.

En cuanto a la subvención de 2010, la cuenta de la Federación recibió el importe de 475.350 euros el día 8 de octubre de 2010, momento en el que tenía un saldo de 7,48 euros. Si bien desde el primer momento el dinero lo fue destinando a efectuar los pagos a las empresas encargadas de ejecutar los cursos, al mismo tiempo, la acusada, sin justificación alguna relacionada con la subvención y sin autorización ninguna, con ánimo de lucro, realizó transferencias a la entidad Asacesema los días 13 de octubre (2 operaciones de 15.000 y 5.000 euros), 3 de noviembre (7.000), 9 de noviembre (7.500), 22 de noviembre (4.000) y 23 de diciembre de 2010 (18.000), lo que hacía hasta ese momento 56.500. Se da la circunstancia de que, durante ese tiempo, los únicos ingresos externos que tuvo la cuenta de la Federación fueron 79,10 euros. A 3 de enero de 2011, la cuenta de la Federación, tras las salidas efectuadas, presentaba un saldo positivo de 358.659,28 euros.

Gil presentó una demanda contra Colell en Zaragoza por usurpación, pero los tribunales no le dieron la razón e indicaron que ella no era presidenta de la Federación de Atención a la Depedencia. Según la Fiscalía, pesar del pronunciamiento judicial, si bien abonó diversas cantidades a las entidades encargadas de la ejecución de los cursos, nuevamente con ánimo de lucro, remitió a las cuentas de la entidad Asacesema un total de 181.500 euros en 6 operaciones realizadas el 12 de enero de 2011. En total, realizó en esos dos días 32 movimientos sucesivos por un importe global de 343.731,5 euros, de tal modo que, el día 13, el saldo que quedaba en la cuenta de la Federación era sólo de 14.927,78 euros. La cuenta ya no registró más movimientos, salvo cinco pagos de poca entidad relacionados con la actividad de la Federación.

El 25 de mayo de 2011, la Audiencia Provincial de Zaragoza, confirmó íntegramente la sentencia de instancia. No obstante, la acusada volvió a realizar otra transferencia de 9.000 euros a Asacesema el 3 de junio de 2011, dejando la cuenta de la Federación con un saldo de 4.888,83 euros. El día 28 de junio, Colell tuvo por fin acceso a la cuenta y, tras observar el estado y los movimientos efectuados, interpuso denuncia al día siguiente. En definitiva, el global transferido de manera ilícita por Gil a las cuentas de Asacesema gestionadas por ella ascendió, en esta segunda subvención, a 247.000 euros.

La imputada se marchó de la federación. El Servicio Público de Empleo, en el ejercicio de sus competencias administrativas, inició procedimientos de reintegro al observar irregularidades en la justificación económica de las subvenciones decretando finalmente la obligación de la federación de devolver las ayudas. Igualmente, las entidades contratadas interpusieron demanda en reclamación de cantidad frente a la federación, motivo por el que está personado el Abogado del Estado en este proceso. Aparte de la pena de cinco años de prisión, el fiscal solicita una multa de 6.000 euros y una indemnización a la Federación Nacional de Atención a la Dependencia de 288.300 euros. La entidad Asacesema, como partícipe a título lucrativo, deberá indemnizar a la Federación conjunta y solidariamente con Gil reponiendo, respecto de la anterior cantidad, la de 180.243,72 euros. Fuentes de Asacesema indicaron que desconocían hasta hace pocos días que existiese el citado proceso. La acusada estará defendida por Ana García Boto.